Asistencia inmediata al detenido y anulación de la responsabilidad personal subsidiaria
La anulación de la figura jurídica de la responsabilidad civil subsidiaria y la implantación de la asistencia inmediata al detenido por parte de su abogado son dos medidas legales que el Gobierno proyecta tomar próximamente.La responsabilidad personal subsidiaria, establecida en el artículo 23 de la ley de Orden Público, consiste en la facultad de la autoridad gubernativa para ingresar en prisión a las personas que no satisfagan determinadas sanciones, tales como multas gubernativas.
Abogados defensores consultados por EL PAIS han señalado que esta figura legal es arbitraria e injusta, por cuanto supone atribuir a la autoridad ejecutiva facultades que deberían ser exclusivas de los jueces, como son las de ordenar la reclusión de un sancionado, aun sin juicio.
Las mismas fuentes añadieron que la responsabilidad personal es tanto más injusta en cuanto desde hace siglos no existe la prisión por deudas, ni aun cuando éstas son con el Estado. También señalaron la injusticia que supone el hacer ingresar en prisión al sancionado aunque éste se declare dispuesto a pagar la sanción impuesta, y posponer para después de su ingreso el pago.
Sobre la segunda medida, nuestras fuentes opinaron que el no poder consultar el abogado con el detenido hasta que éste hubiera prestado declaración ante la policía y ante el juez equivale a una total interferencia en la labor del abogado, pues éste entra en contacto con el defendido después de hacer una declaración que puede ser definitiva para la sentencia.
Estas medidas, de producirse, supondrían la consecución de dos reivindicaciones largamente sostenidas por la abogacía española. A este respecto, existen las repetidas peticiones del Consejo Superior de la Abogacía, así como la ponencia aprobada en el primer Congreso de Abogados Jóvenes celebrado en León, en 1970, en la que se contenía esta petición.
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