El juez del ‘caso Benítez’ prohíbe filmar a los ‘mossos’
El magistrado argumenta que los medios “tienden hacia lo sensacional y espectacular”


El juez del caso Benítez ha puesto el derecho a la imagen de ocho agentes de los Mossos d'Esquadra acusados de la muerte de Juan Andrés Benítez por encima del derecho a la información. En una resolución inaudita, el magistrado José Luis Ramírez ha atendido la petición de la Fiscalía y ha prohibido “la grabación y captación de imágenes” durante el juicio, lo que incluye la declaración de los policías. El magistrado, que pertenece a la asociación progresista Jueces por la Democracia, argumenta que, al tener que seleccionar unas determinadas imágenes, los medios de comunicación “tienden hacia lo sensacional y espectacular”.
En el auto, de 13 páginas, el magistrado autoriza la grabación de imágenes solamente en dos momentos: el trámite de alegaciones (al principio del juicio) y el de informes (al final). Ninguna otra intervención -declaración de acusados, testigos, forenses- podrá registrarse con cámaras, aunque sí podrá captarse el audio. Esa posibilidad “compensa suficientemente” la ausencia de imágenes.
Ramírez ha tomado la medida tras una sucinta petición de la Fiscalía a la que no se opusieron las defensas de los policías. El argumentario del juez, sin embargo, va mucho más allá y profundiza en la colisión de derechos fundamentales. La captación de imágenes, señala, puede “incidir en el comportamiento de quienes intervienen como testigos”. “No debe olvidarse”, dice, que “se enjuicia a varios agentes policiales por haber dado muerte, presuntamente, a un ciudadano en el transcurso de una detención”. A partir del lunes, los ocho mossos se sientan en el banquillo y afrontan penas de hasta 11 años de cárcel por homicidio y obstrucción a la justicia.
Además de los testigos, la difusión de la vista en las cadenas de televisión puede incidir “en el correcto desempeño de los miembros del jurado”. El magistrado opina extensamente sobre cómo enfocan los medios de comunicación este tipo de procesos. “No es infrecuente en estos casos que las imágenes captadas y seleccionadas ad hoc por su dramatismo sirvan de soporte de algunos programas de opinión que reelaboran la información obtenida del proceso, potenciando los aspectos que estiman más espectaculares. La “influencia” de esos programas, razona, puede ser “perturbadora” para los nueve ciudadanos que decidirán el destino de los mossos.</CF> Las imágenes propician, añade, “la existencia de juicios paralelos” que pueden interferir de forma “grave” en el juicio. Existe el riesgo, dice, de “teatralización” del proceso judicial.
La insólita prohibición se apoya también en el derecho a la propia imagen de los mossos. El magistrado cree que la duración del juicio (más de un mes) supone una “sobreexposición a los medios”, que puede además “perpetuarse” gracias a internet. Ramírez recuerda que los agentes son inocentes hasta que se demuestre lo contrario y que las imágenes pueden ser “un adelanto de condena social aunque luego sean declarados inocentes”.
Camuflados para evitar las cámaras
Los mossos acusados en el caso Benítez ya esquivaron a medias las cámaras en noviembre de 2013, cuando acudieron a declarar como imputados ante el juez de instrucción. La captación de imágenes en la Ciudad de la Justicia aún no había sido prohibida, por lo que pudo verse su entrada en los juzgados. Los agentes, sin embargo, acudieron camuflados entre una treintena de compañeros que estaban fuera de servicio que, además, lucían gorras y gafas de sol para evitar que cualquiera de ellos fuera identificado.
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