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La justicia argentina revoca la condena por abuso de menores al sacerdote Justo Ilarraz

La Corte Suprema considera que el delito estaba prescripto cuando fue juzgado en 2018

El sacerdote Justo Ilarraz, ingresa a los tribunales de Paraná (Argentina), en abril del 2018.
Javier Lorca

La Corte Suprema de Justicia de Argentina revocó el fallo que había condenado al sacerdote Justo José Ilarraz, protagonista de uno de los mayores escándalos de abuso de menores en la Iglesia católica del país. Hasta este martes, Ilarraz, de 66 años, cumplía una pena de 25 años de prisión por la comisión de abusos sexuales en perjuicio de siete menores. Pero, para los jueces de la Corte, los delitos sufridos por seminaristas de 12 a 15 años habían prescripto cuando el acusado fue juzgado. En diciembre pasado, el Papa Francisco había expulsado a Ilarraz del sacerdocio.

“Se metía dentro de las camas de los muchachos y abusaba de ellos, casi ni dormían por temor a vivir esas situaciones”, contó en 2018 uno de los testigos del juicio que condenó a Ilarraz, José Francisco Dumoulín. Él fue, como las víctimas, alumno del seminario arquidiocesano Nuestra Señora del Cenáculo, en la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, donde Ilarraz ejerció como prefecto de disciplina.

A fines del siglo pasado, Ilarraz tenía bajo su tutela a estudiantes de primer y segundo año de esa escuela secundaria católica, donde los adolescentes que habían decidido ordenarse permanecían durante la semana. Entre 1988 y 1992, el vínculo cotidiano con los alumnos a los que debía cuidar y aconsejar le permitió abusar de siete de ellos, en sus habitaciones o en los baños, casi siempre cuando caía la noche.

Inicialmente, las víctimas denunciaron a Ilarraz ante la Iglesia. En 1995, un tribunal diocesano lo encontró culpable, pero se limitó a trasladarlo a otra ciudad y, luego, al Vaticano, a estudiar Misionología. Más tarde regresó al país y fue enviado a una parroquia en la provincia de Tucumán. En 2012, sus víctimas, que ya tenían más de 30 años, resolvieron denunciarlo ante la justicia penal.

La justicia de Entre Ríos entendió que los delitos no estaban prescriptos, como alegaba la defensa, porque se trataba de crímenes de “inusitada gravedad”, equiparables a delitos de lesa humanidad imprescriptibles, que “afectaron y aún afectan a familias que por su fe y convicciones entregaron a sus niños para el aprendizaje sin sospechar que ellos serían víctimas de actos horrendos de abuso, que exceden los límites de los ilícitos comunes”. El juicio se realizó y concluyó con la condena a Ilarraz por corrupción de menores y abuso deshonesto agravados por ser encargado de la educación de las víctimas.

Este martes, la Corte Suprema aceptó el recurso extraordinario presentado por la defensa de Ilarraz y dispuso su sobreseimiento por prescripción de la causa. De acuerdo con los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz el plazo de prescripción de 12 años establecido en el Código Penal para esta clase de delitos no puede ser modificado ante hechos aberrantes, por lo que la acción penal había caducado como mucho en 2005. “El fallo apelado se apartó de la solución legal prevista para el caso [...] mediante la creación judicial de una nueva categoría de delitos imprescriptibles no sustentada en razón válida alguna, lo que no respeta la garantía a obtener una decisión fundada en ley”, señalaron en la sentencia.

Si bien el Congreso nacional dictó dos leyes que amplían el período de prescripción en los casos de abusos de menores, las normas fueron aprobadas en 2011 y 2015, después de la comisión de los delitos de Ilarraz. “No resultan aplicables a la causa en atención al principio de irretroactividad de la ley penal más gravosa”, definieron los magistrados del máximo tribunal argentino.

“Éramos gurises [niños]. Salíamos de los campos, de las aldeas, de pueblitos perdidos en la provincia, con la esperanza de tener otro proyecto para uno, una vida distinta”, relató a la prensa local, hace siete años, una de las víctimas, Fabián Schunk. “Fueron momentos muy duros […] Momentos de soledad, porque entre nosotros no hablábamos. No sabíamos que al otro le estaba pasando lo mismo. En un pabellón había entre 30 y 40 personas y de noche escuchabas un gurisito llorando y no sabías por qué y a los años te enterabas de que ese pibe había sido abusado”. Según los testigos, Ilarraz se aprovechaba de los adolescentes que se encontraban en situaciones de vulnerabilidad.

Hace apenas siete meses, el ya fallecido papa Francisco había resuelto “la expulsión del estado clerical” de Ilarraz.

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Sobre la firma

Javier Lorca
Es periodista de EL PAÍS en la redacción en Buenos Aires.
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