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La justicia camina a paso lento para Brayan Niño, el manifestante asesinado por el Esmad en el Paro Nacional

Más de cuatro años después, el oficial Carlos Javier Arenas Niño es inhabilitado por nueve años por la Procuraduría. La familia celebra el avance, pero denuncia los tropiezos en el proceso penal

Brayan Niño
Sebastián Forero

La última vez que Flor Niño vio a su hijo Brayan con vida él estaba de pie en el umbral de la puerta de la casa en la que viven en el municipio de Madrid (Cundinamarca), a unos 20 kilómetros de Bogotá. Era primero de mayo de 2021 y él estaba a punto de salir para unirse a las protestas del paro nacional que había estallado en Colombia tres días antes, el 28 de abril. “No me vaya a dejar aquí tirada”, le dijo ella, como presintiendo el peligro. Que iba un rato y regresaba, le dijo él. No volvió. Esa misma noche caería sin vida sobre el asfalto cuando el mayor del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) Carlos Javier Arenas Niño disparó contra él un proyectil de gas lacrimógeno que le destrozó el rostro y lo tumbó al suelo. Más de cuatro años después, el oficial acaba de ser destituido e inhabilitado por nueve años por la Procuraduría. Un paso pequeño, pero también una conquista en un proceso que por la vía penal permanece encallado.

La sala de la modesta vivienda de bloque de ladrillo en la que vive Flor Niño en el municipio de Madrid está repleta de fotografías de Brayan. Hay una del día de su grado como bachiller tres años antes de su muerte, otra junto a su hermana Marlin y su hermano Santiago, y otra más con su hijo Matías, que tenía un año y medio cuando Brayan murió. Sentada en medio, Flor reconoce que la decisión de la Procuraduría que conocieron el pasado mes de septiembre -aunque la resolución es de agosto- es un avance. Corrige una decisión de primera instancia de ese mismo órgano en la que sancionaba al mayor con apenas una multa de 18 millones de pesos. “¿Cómo va a ser que la vida de un ser humano valga 18 millones?”, cuestiona.

Ese primero de mayo, día festivo, Brayan y su madre salieron temprano a caminar por el cerro. Era un respiro en medio de las extenuantes jornadas de trabajo que tenían ambos. Él, que había estudiado contabilidad en el SENA, trabajaba como auxiliar de bodega. El lunes siguiente a su muerte iba a empezar a trabajar ya como administrativo en el mismo lugar. Después de la caminata por el monte volvieron a casa, ella preparó el almuerzo, él hizo el aseo y se dispuso a partir hacia donde estaban concentrados los manifestantes en el municipio. “Yo debí haberle echado candado a esa bendita puerta”, se recrimina su madre. “Todavía pienso que si lo hubiera hecho mi hijo no hubiera salido y estaría aquí conmigo”.

Esa tarde, los manifestantes a los que se sumó Brayan se instalaron en la glorieta del Sosiego, por donde se sale para el vecino municipio de Facatativá. Por varias horas permanecieron allí, hicieron bailes, gritaron arengas, tocaron tambores. Otro grupo se separó y se dirigió hasta el peaje del Corzo. Minutos antes de las nueve de la noche, el alcalde de Madrid, Andrés Tovar Forero, pidió apoyo del Esmad ante la amenaza de que los manifestantes vandalizaran la estación de Policía y el peaje. A bordo de la tanqueta que atendió al punto de la concentración iba el mayor Arenas Niño, quien accionó su fusil lanza gases calibre 40 mm desde una escotilla. El mayor disparó tres veces contra los manifestantes y uno de esos proyectiles impactó en la cara de Brayan Niño. El oficial disparó contra ellos, sostiene la Procuraduría, “a pesar de que estos se alejaron de la glorieta y la tanqueta podía continuar con su recorrido”.

La resolución de la Procuraduría establece que el oficial “obró sin justificación legal alguna, contrariando el principio de dignidad humana y los estándares mínimos del uso legítimo de la fuerza”. Un informe técnico incorporado al proceso documenta que el disparo fue directo, a menos de 13 metros, en línea recta y sin obstáculos. Para el órgano de control, la conducta del mayor “desconoció de manera manifiesta” casi una decena de directivas y protocolos internos que establecen, entre otras cosas, que el disparo se debe realizar de forma parabólica. Una situación que se agrava teniendo en cuenta que el mayor conocía de sobra esa normativa al llevar más de 10 años en el Esmad en ese momento, dice la Procuraduría. El órgano calificó su actuar como una falta gravísima (en primera instancia la había calificado como grave).

“A pesar de contar con formación y entrenamiento especializado en el manejo de armas menos letales y en el control de multitudes, el disciplinado accionó de manera directa su fusil lanza gases sin observar el ángulo de tiro reglamentario, sin posibilidad de hacer un disparo parabólico y sin prever los riesgos inherentes a su conducta, todo ello en contravía de los principios de proporcionalidad y precaución que rigen el uso de la fuerza por parte de la Fuerza Pública”, se lee en la resolución de la Procuraduría.

El abogado que defiende a la familia de Brayan, Germán Romero, de la organización DH Colombia, celebra la decisión como “un avance en materia de rendición de cuentas” para un oficial de la Policía que tiene que responder por las consecuencias del incumplimiento de sus deberes. Lamenta que durante los cuatro años que han transcurrido el mayor se mantuvo activo en la Policía, pero “ya con esta decisión la ciudadanía tiene la tranquilidad de que una persona así no está dentro de la institución”.

Pero a nivel penal, los avances en el proceso han sido mínimos. El primer año se fue en dirimir el conflicto de competencias entre la Fiscalía General y la Justicia Penal Militar que había tratado de hacerse con el caso. En abril de 2022, la Corte Constitucional estableció que el caso debía quedarse en la justicia ordinaria. Planteó que no existían pruebas suficientes para dar crédito a lo que decía la justicia militar sobre “la supuesta violencia ejercida por los manifestantes a la estación de Policía El Sosiego y a los miembros del Esmad”. Y, además, que las pruebas “dejan serias dudas sobre si la intensidad de la fuerza ejercida por el agente del Esmad responde a los fines de la Policía Nacional”.

Desde que el proceso se quedó en la justicia ordinaria, denuncia el abogado Romero, “la Fiscalía no se tomó en serio este caso”. Según el cálculo de la defensa de la familia, el expediente ha ido y venido entre más de cinco fiscales de la Sabana de Bogotá. De momento, la fiscalía le imputó al mayor el delito de homicidio con dolo eventual. Pero apenas el pasado 6 de octubre se avanzó con la audiencia preparatoria, en la que se decide qué pruebas van a ir a juicio.

Flor Niño carga mucha rabia. “Desde el momento en que me quitaron a mi hijo yo no tengo vida”, dice. Ha dedicado estos cuatro años a tratar de conseguir justicia para Brayan, aunque dice que a ella lo único que le bastaría es que le devolvieran a su hijo. Dice que ni siquiera una pena de cárcel para el autor del homicidio le significaría a ella una satisfacción. Durante mucho tiempo después de la muerte de su hijo, ella soñaba con Brayan y él le reclamaba que dejara de llorar, que él estaba bien. En el último sueño que tuvo con él, su hijo se metía en un lago oscuro. Ella le gritaba que se saliera, que se iba a ahogar. Él, con la misma ropa que tenía puesta el día que fueron a caminar al cerro, se devolvía y le insistía en que dejara de preocuparse. “Ese fue el último sueño en el que él me insistió que dejara de llorar”.

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Sobre la firma

Sebastián Forero
Redactor en la sección Nacional de EL PAÍS. En Colombia, cubrió el conflicto armado, paz, derechos humanos, tierras y política de drogas en 'El Espectador'. Periodista y politólogo de la Pontificia Universidad Javeriana de Bogotá. Actualmente cursa el máster de periodismo UAM - EL PAÍS.
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