Colombia espera las históricas sentencias de la JEP por los secuestros de las FARC y los ‘falsos positivos’ del Ejército
La justicia transicional creada en el Acuerdo de Paz de 2016 logra, tras ocho años de trabajo, sus primeras decisiones en dos de las violaciones de derechos humanos más sonadas de varias décadas de conflicto


Después de ocho años de funcionamiento, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), el tribunal transicional encargado de juzgar los crímenes del conflicto armado, emitirá esta semana sus dos primeras sentencias. Primero, este martes, anunciará sus sanciones en el caso con el que inició su trabajo en 2017: los secuestros cometidos por las FARC durante más de medio siglo de confrontación con el Estado. Según los hallazgos del tribunal, esa guerrilla causó al menos 21.936 víctimas de ese delito, y la antigua cúpula del grupo armado aceptó su responsabilidad. La segunda decisión, prevista para el jueves, abordará los asesinatos de civiles en manos de militares conocidos como falsos positivos, con por lo menos 6.402 casos.
Se trata de los dos casos más espinosos en manos de la JEP, tanto por la magnitud de las violaciones de derechos humanos como por las tensiones políticas y sociales que han suscitado por décadas. El de los falsos positivos, además, reviste una especial sensibilidad por involucrar graves crímenes sistemáticos de agentes del Estado. En los dos procesos el tribunal procesa a los máximos responsables, comandantes de las antiguas FARC y de la Fuerza Pública, los dos principales actores armados del conflicto colombiano que, formalmente, terminó con la firma del Acuerdo de Paz en 2016. Las decisiones que se conocerán esta semana marcan un hito en la justicia transicional.
La investigación que desembocará en el fallo de secuestro ha sido liderada por la magistrada Julieta Lemaitre Ripoll, quien ha estado al frente del caso desde su apertura y que lleva a la sanción de 41 exintegrantes de esa guerrilla, miembros de sus más altos niveles e incluyendo a todos los miembros del que fuera su último secretariado, su mayor instancia de decisión. El tribunal de paz ha encontrado que las extintas FARC cometieron secuestros por tres razones: para financiarse, para ejercer presión política y para ejercer control social y territorial. En todos los escenarios, ha acreditado otras violaciones a los derechos humanos, conexas a las retenciones, como la muerte en cautiverio. Por eso, la justicia transicional revisó como delitos relacionados distintos casos de desaparición forzada, homicidio, desplazamiento, trabajos forzados, tratos crueles e inhumanos, tortura y violencia sexual. Estos dos últimos delitos han sido los más difíciles de reconocer por parte de los excombatientes, quienes han mostrado mayor resistencia a ello.
Si eso ocurrirá el martes, dos días después el tribunal dará a conocer el fallo en una de las investigaciones judiciales que más levanta ampolla en la sociedad colombiana, por haberse concentrado de forma sistemática entre 2002 y 2008, bajo la presidencia del derechista Álvaro Uribe Vélez. En esos seis años ocurrieron por lo menos 6.402 casos que documentó la JEP. La investigación, en cabeza del magistrado Alejandro Ramelli, actual presidente de la corporación, tiene un contraste con el del secuestro. Mientras que todos los miembros de la antigua cúpula de las FARC aceptaron su responsabilidad -excepto los ausentes-, de los 17 altos militares llamados a responder, 14 no aceptaron responsabilidad. Entre ellos hay oficiales de alto rango que ocuparon posiciones clave en brigadas y divisiones del Ejército en regiones como Catatumbo, Casanare y Meta.
La Jurisdicción Especial para la Paz nació del Acuerdo de Paz firmado en 2016 entre el Estado colombiano y las FARC. Es el corazón del Sistema Integral para la Paz, y uno de los tres mecanismos que buscaban darle cierre a los pendientes por la guerra. Se concibió como un tribunal transicional que debía enfocarse en juzgar los casos más significativos de los crímenes más graves y representativos de cinco décadas conflicto armado, con un modelo distinto al de la justicia ordinaria. De un lado, no debe procesar a cada victimario de cada caso, sino a los máximos responsables. De otro, en lugar de castigos punitivos como la cárcel, prioriza el esclarecimiento de la verdad y la reparación a las víctimas, y emite sanciones restaurativas para quienes reconozcan su responsabilidad.
Por eso, las sentencias que conocerá el país esta semana se enfocarán en remarcar la verdad judicial por algunos de los delitos más graves, y detallará las esperadas sanciones. Estas consisten en trabajos, obras y actividades restaurativas en beneficio de las comunidades a las que violentaron los responsables, deben durar entre cinco y ocho años y debieron haber sido acordadas con las víctimas directas. Esos responsables no pagarán penas de cárcel ni quedarán privados de la libertad. En cambio, quienes no hayan reconocido sus crímenes seguirán un juicio ordinario en el que, de probarse su responsabilidad judicial, sí los condenará hasta 20 años de cárcel.
Desde su puesta en marcha en 2017, los 38 magistrados de la JEP han abierto 11 macrocasos, que investigan patrones de violencia. Los nueve que faltan por llegar a su primera sentencia tratan la situación en el departamento de Nariño, en la frontera con el Ecuador; la crisis humanitaria en el norte del Cauca y el sur del Valle del Cauca, un poco más al norte; la situación que vivió la población en el Urabá antioqueño, sobre el mar Caribe; la victimización y el genocidio de integrantes del partido de izquierda Unión Patriótica; el reclutamiento y la utilización de niños y niñas en el conflicto; los otros crímenes cometidos por la fuerza pública y los paramilitares; los crímenes cometidos contra los pueblos étnicos; los otros delitos que haya cometido las FARC; y la violencia sexual y de género.
Una tutela en medio de la sentencia
En la recta final de las primeras sentencias, los antiguos miembros del secretariado pidieron que todos los casos abiertos en su contra fueran unificados en un solo proceso, para así recibir una única sanción por todos los crímenes. Su argumento en la acción de tutela fue que los crímenes por los que ya han sido imputados —secuestros, homicidios, desplazamientos o reclutamiento— respondieron a una misma política de guerra, por lo que no debía haber resoluciones de conclusiones fragmentadas ni sanciones múltiples sobre los mismos hechos. Han alegado que esa “dispersión”, que respondía a los patrones de cada delito, vulnera el derecho al debido proceso y desconocía el “carácter integral del conflicto armado”.
El pasado 8 de septiembre, la misma JEP les dio parcialmente la razón. Si bien no accedió a todas las exigencias, sí ordenó a su propia Sala de Reconocimiento, encargada de la investigación por secuestro, que estudie la posibilidad de acumular conductas para evitar duplicidades y reforzar la coherencia de las decisiones. El pronunciamiento, que ha dejado algunas grietas en el proceso, no frenará la lectura del fallo de este martes, que encarnará una de las grandes promesas del Acuerdo de Paz.
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