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El ‘caso Juana Rivas’ sigue en Italia: el juicio al padre por maltrato se alargará un año con la custodia aún en discusión

El Supremo italiano resolverá antes del fin de 2025 un recurso de la madre, apoyado por la Fiscalía, sobre quién se hace cargo del hijo menor y puede reabrir la cuestión

Francesco Arcuri, exmarido de Juana Rivas, a su llegada al punto de encuentro en el tribunal de Granada, para hacerse cargo de su hijo menor, el pasado 22 de julio. Foto: PACO PUENTES | Vídeo: CAROL MUNDI

El caso Juana Rivas ha entrado en una nueva fase en Italia, tras la entrega del hijo menor de la pareja, Daniel, de 11 años, a su padre el pasado 25 de julio. Este trámite puso fin al último conflicto entre sus padres, cuando Juana Rivas decidió no enviar al niño de vuelta a Cerdeña después de las vacaciones de Navidad. Finalmente, un tribunal del Granada ordenó que fuera entregado a su padre, Francesco Arcuri, que ha regresado con el chico a su país. Pero en Italia, donde, a diferencia de España, el caso apenas existe mediáticamente, tiene aún dos frentes judiciales abiertos: un juicio penal al padre por malos tratos a sus dos hijos y, en la vía civil, el recurso de Rivas contra la decisión de asignar la custodia de Daniel a su exmarido. Es decir, no está cerrado y aún va para largo, según confirman fuentes judiciales y se deduce de la documentación de los procesos abiertos en Italia, a los que ha tenido acceso EL PAÍS.

El proceso penal contra Arcuri solo está en sus inicios. Es más, no empezará el 18 de septiembre, la fecha manejada hasta ahora, señalan fuentes del Tribunal de Cagliari, donde tendrá lugar. Ese día solo se resolverá el trámite previo de asignar el caso a un tribunal y se fijará la primera vista, un mes más tarde, como mínimo, o incluso más adelante. Después, el proceso de primer grado puede durar al menos un año, si no más. Además, la sentencia podrá recurrirse. Una decisión definitiva de la Corte de Casación, equivalente al Tribunal Supremo español, no llegaría hasta 2027, como pronto.

El fiscal Sergio de Nicola, en su escrito de noviembre de 2024 con las conclusiones de las investigaciones preliminares, que luego el juez valoró para decretar el procesamiento de Arcuri, enumeró las siguientes acusaciones contra él: someter a los dos hijos “habitualmente a violencias físicas, verbales, vejaciones, injurias y amenazas”, en concreto “golpes en la cabeza, bofetadas y golpes en otras partes del cuerpo, empujándoles contra la pared, o arrojándoles con fuerza en el suelo, posicionando las manos en torno al cuello hasta obstaculizar la respiración”. Sostiene que les llamaba “gusanos asquerosos como la madre, que no valían nada, llamándoles hijos de puta” y otros insultos, a veces “escupiéndoles en la cara”. Asegura también que “les amenazaba frecuentemente con matarlos” si lo contaban a alguien.

El proceso penal tardará, pero de forma paralela hay un contencioso civil sobre la custodia de Daniel que se resolverá antes. La Casación, se prevé, debería pronunciarse antes del fin de 2025 sobre el recurso que ha presentado Juana Rivas, en contra de la decisión de otorgarla a su exmarido. La Corte de Apelación de Cagliari lo ha hecho dos veces (en 2019 y, tras ser anulado este fallo por la Casación, otra vez en enero de 2025). Si el alto tribunal rechaza el recurso de la madre, se confirmará que la custodia es del padre.

Sin embargo, si la Casación acepta el recurso de Rivas, tendrá que abrirse un nuevo proceso en la Corte de Apelación de Cagliari, el tercero, con jueces distintos, para que vuelvan a tomar una decisión sobre la custodia. En todo caso, no llegaría hasta finales de 2026, si todo va bien. Evidentemente, si entretanto llega por el otro lado una posible condena penal del padre, tendrá un peso en el proceso civil, incluso aunque no se trate de una sentencia definitiva.

En ambos procesos, el penal y el civil, la Fiscalía italiana respalda los argumentos de Juana Rivas. Da credibilidad a sus acusaciones, se basa en declaraciones de los dos menores y en certificados médicos y fotografías que probarían presuntas agresiones. Entre otras cosas, al adherirse al recurso de la madre en el litigio civil por la custodia, el ministerio público ha señalado precisamente que Arcuri tiene pendiente un juicio penal por presuntos malos tratos a los menores, pero la sentencia no lo ha tenido en cuenta.

Diferencias en España e Italia

Este es un aspecto que en España puede causar perplejidad, pues tener un proceso penal abierto significa casi siempre suspender la custodia de un menor, según señala el artículo 94 del código civil: “No procederá el establecimiento de un régimen de visita o estancia, y si existiera se suspenderá, respecto al progenitor que esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o sus hijos”.

Los mismos efectos tienen “la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género”. El artículo termina, no obstante, añadiendo alguna reserva, cuando añade que “la autoridad judicial podrá establecer un régimen de visita, comunicación o estancia en resolución motivada en el interés superior del menor”. Pero en Italia no existe una norma así, el proceso penal y civil son independientes. Es un asunto en discusión, en el que choca la presunción de inocencia del acusado con el de precaución por el interés superior del menor.

El abogado granadino Vicente Valero explica que ha visto numerosos casos en los que el juez, “si los indicios o el presunto delito no son de la mayor gravedad ―vejaciones, por ejemplo― incluye un par de horas semanales en las que el padre puede estar con el menor”. El procedimiento es simple, cuenta: “Cuando la madre denuncia al padre, que es el caso más común, el juez dicta medidas provisionales y, por lo general, suspende el régimen de visitas o de custodia. Excepto en esos casos menos graves, en los que permite algún contacto, supervisado, con el progenitor acusado”. En todo caso, la cuestión en España también es objeto de debate.

En la batalla judicial abierta en Italia, lo cierto es que las visiones de la Fiscalía y el tribunal que entregó la custodia al padre son diametralmente opuestas. Describen mundos opuestos, según a quién se escuche, una prueba más de la complejidad del caso. Para la Fiscalía, según argumentó en su escrito ante la Corte de Apelación de Cagliari, “todo el procedimiento ha estado caracterizado de una lectura del asunto fuertemente desequilibrada en favor de Arcuri; ha sido representado casi como un padre modelo, mientras Rivas ha sido pintada como una peligrosa manipuladora o, de todos modos, como el progenitor incapaz, a diferencia de Arcuri, de garantizar el acceso al otro progenitor”. Por el contrario, sostuvo el ministerio público, el padre “ha ejercitado una constante presión psicológica en particular sobre Daniel, para evitar que revelase sus comportamientos vejatorios y violentos, y atribuyese en cambio a la madre conductas manipulatorias y mistificatorias”.

La acusación opina que en las sucesivas decisiones judiciales que han dado la custodia de los menores al padre hay “un convencimiento desfavorable” hacia Rivas, que se basa en su condena de 2018 por retener a los menores. En este sentido, considera que se ha dado relieve a esa condena “sin interrogarse suficientemente si tal conducta fue una reacción, indudablemente equivocada y censurable, a comportamientos violentos de Arcuri”.

Condena por malos tratos

Por otro lado, la Fiscalía reprocha que “se resta valor, relegándolo a un episodio ocasional, además considerado leve”, a la condena de Arcuri por malos tratos hacia su mujer en 2009 en Granada, cuando para la acusación “debía ser considerado específicamente” un obstáculo para confiarle la custodia del menor. Para el fiscal, “la comprobada índole violenta, y las reacciones agresivas (tanto verbales como físicas) de Arcuri hacia los dos hijos” no deberían consentirlo.

En cambio, la Corte de Apelación no acogió los razonamientos de la Fiscalía y argumentó que las acusaciones de malos tratos de Rivas no están demostradas: “Parecen más que nada fruto de su voluntad de eclipsar la figura paterna ante sus hijos y de asegurarse su posesión exclusiva. Francesco Arcuri, en ciertas situaciones, puede haber sido grosero, a veces quizás amargado por el fracaso de su relación con Rivas, y ciertamente exasperado por el comportamiento provocador y contrario de su hijo Gabriel, pero no ha resultado ser una persona autora de maltrato psicológico o físico contra su pareja o hijos. Francesco Arcuri no ha tenido una conducta violenta y vejatoria habitual o reiterada, ni ha pretendido intimidar o humillar a sus hijos, sino al contrario, como ya se ha observado, ha intentado, con sus fuerzas y medios, cuidar, asistir y educar a Gabriel y Daniel”.

Lo mismo piensa de la condena por malos tratos a Rivas que un tribunal de Granada impuso a Arcuri en 2009. Para la Corte de Apelación fue “un hecho absolutamente aislado y, aunque censurable, ciertamente no idóneo para comprobar el ‘carácter agresivo y violento” del padre. Y recuerda que luego, en 2012, reanudaron su relación y tuvieron un segundo hijo.

Por último, al margen de lo que pase en Italia, también en España hay un fleco judicial pendiente de resolución. La Audiencia Provincial de Granada admitió a trámite el pasado jueves 24 de julio una denuncia de Arcuri contra Rivas por un presunto delito de sustracción de menores. Dada la complejidad del caso, en el supuesto más extremo aún puede complicarse más: podría suceder que tanto Rivas como Arcuri sean condenados, el padre por malos tratos y la madre por sustracción de menores. En ese caso es probable que los tribunales asignaran un tutor. El enfrentamiento entre los dos progenitores parece llamado a durar al menos hasta que el pequeño de los dos hijos, Daniel, cumpla 18 años en 2032 y decida por sí mismo con quién quiere estar.

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