El Supremo de Estados Unidos facilita las demandas por discriminación de blancos y heterosexuales
Los jueces dan la razón a una mujer que se sintió postergada en favor de dos personas homosexuales


El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha dictado una sentencia este jueves que facilitará las demandas por discriminación presentadas por los miembros de grupos mayoritarios, como los blancos y los heterosexuales. Lo ha hecho al resolver de forma unánime el caso de una mujer heterosexual que asegura que se vio marginada en su trabajo en favor de dos personas homosexuales, a la que permite seguir adelante con su demanda.
Hasta ahora, buena parte de los tribunales han venido exigiendo a los demandantes que pertenecen a un grupo mayoritario demostrar “circunstancias de fondo que apoyen la sospecha” de esa discriminación. Algunos tribunales han defendido ese listón más alto con el argumento de que la discriminación contra los trabajadores de los grupos mayoritarios es relativamente infrecuente. El Supremo rompe con esa tesis y permite que las demandas puedan avanzar sin necesidad de ese requisito.
En una sentencia escrita por la progresista Ketanji Brown-Jackson, en el caso Ames v. Ohio Department of Youth Services, el Supremo subraya que la ley prohíbe la discriminación contra cualquier individuo y que no hace esa distinción. “Al establecer las mismas protecciones para todos los ‘individuos’, sin tener en cuenta su pertenencia a un grupo minoritario o mayoritario, el Congreso no dejó margen para que los tribunales impusieran requisitos especiales solo a los demandantes pertenecientes al grupo mayoritario”, dice el fallo.

Marlean Ames, una mujer heterosexual de 60 años, demandó al Departamento de Servicios a la Juventud de Ohio. En su demanda afirmaba que había perdido su puesto de trabajo en favor de un hombre homosexual y que no se le había concedido un ascenso en favor de una mujer lesbiana. Aseguraba que eran personas menos cualificadas que ella, pero que su supervisor también era homosexual y se decantó por ellos.
El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 prohíbe la discriminación en el lugar de trabajo por razones de orientación sexual. Un tribunal de primera instancia y el Tribunal de Apelaciones del sexto circuito judicial de Estados Unidos, con sede en Cincinnati (Ohio), desestimaron la demanda porque no había demostrado esas “circunstancias de fondo”, como una inclinación particular contra las personas heterosexuales por quien tomó la decisión o un patrón estadístico de discriminación contra los miembros del grupo mayoritario.
La victoria de Ames en el Supremo no implica directamente que gane la demanda. El Supremo simplemente concluye que la ley no impone a los miembros de grupos mayoritarios que cumplan un estándar probatorio más estricto en sus demandas por discriminación. Por lo tanto, anulan la sentencia dictada en primera instancia y devuelven la demanda al tribunal inicial para que la analice con la nueva doctrina.
El caso ha adquirido una relevancia especial en plena ofensiva conservadora de Donald Trump contra las políticas de diversidad, igualdad e inclusión. En algunos casos, esas políticas funcionan como una especie de acción afirmativa o discriminación positiva hacia los colectivos minoritarios.
Los jueces ya dictaron en 2023 una sentencia contra la discriminación positiva por razón de raza en el acceso a la universidad que ha abierto paso a demandas de todo tipo contra instituciones educativas, empresas y otras organizaciones. A diferencia de aquel caso, la sentencia ha sido en esta ocasión unánime.
Libertad religiosa
En otra sentencia dictada este jueves, el Tribunal Supremo ha fallado a favor de grupos caritativos afiliados a la Iglesia Católica, afirmando que se les había denegado injustamente la exención religiosa de un impuesto de Wisconsin que financia las prestaciones por desempleo. Se trata del caso Catholic Charities Bureau, Inc. v. Wisconsin Labor and Industry Review Comm’n.
“La decisión del Tribunal Supremo de Wisconsin de denegar a los demandantes una exención fiscal de la que disfrutan las entidades religiosas en virtud de la legislación de Wisconsin, alegando que los demandantes no ‘operaban principalmente con fines religiosos’ porque no se dedicaban al proselitismo ni limitaban sus servicios caritativos a los católicos, violaba la Primera Enmienda”, dice el Supremo, en referencia al texto constitucional que consagra la libertad religiosa y de expresión.
Los magistrados sentencian por unanimidad que la decisión de Wisconsin, avalada por el Tribunal Supremo de dicho Estado, discriminaba ilegalmente a esos grupos por motivos religiosos.
La decisión del Tribunal Supremo de Wisconsin de denegar a los demandantes una exención fiscal disponible para las entidades religiosas en virtud de la legislación de Wisconsin, alegando que los demandantes no «operaban principalmente con fines religiosos» porque no se dedicaban al proselitismo ni limitaban sus servicios caritativos a los católicos, violaba la Primera Enmienda.
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