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La justicia italiana reconoce como madres a las parejas lesbianas que utilizan la fecundación in vitro en el extranjero

El país transalpino solo permite la reproducción asistida a parejas heterosexuales

Protesta en Milán contra la prohibición del Gobierno italiano de permitir el registro municipal de los hijos de parejas del mismo sexo en 2023
Lorena Pacho

El Tribunal Constitucional italiano ha reconocido un derecho importante para las parejas de lesbianas con hijos que el colectivo LGTBI llevaba tiempo reclamando. Afecta a los casos en los que una de las dos de la pareja recurre a la fecundación asistida en el extranjero ―porque en Italia esta técnica está permitida solo para parejas heterosexuales― y registran a su hijo en Italia. Hasta el momento, a estos niños en el país transalpino se les reconoce solo una madre, la biológica. Este jueves el alto tribunal ha declarado que es ilegítimo desde el punto de vista constitucional el hecho de que la ley no prevea el reconocimiento automático como progenitora de la madre no biológica en una pareja de mujeres.

Los grupos en defensa de los derechos LGTBI han calificado el fallo del tribunal como una victoria histórica que cambiará la vida de miles de familias. Según el Constitucional, el hecho de no reconocer a la madre no biológica en el registro civil y de no permitirle dar su apellido al hijo vulnera en primer lugar los derechos del recién nacido.

En concreto, según los magistrados, no respeta el derecho a la identidad personal, es decir a tener un estatuto jurídico, el de hijo o hija, cierto y estable, reconocido desde el principio y, sobre todo, a disfrutar de los derechos vinculados a la responsabilidad parental de una de las dos personas que la han traído al mundo. Vulnera, en suma, los derechos del niño al cuidado, la educación y la atención afectiva de ambos progenitores.

La decisión anula parte de una ley de 2004 que no permitía que las dos mujeres de una pareja del mismo sexo fueran inscritas como madres legales en el registro, incluso si ambas daban su consentimiento.

En Italia el acceso a los tratamientos de fecundación asistida está reservado solo a parejas “mayores de edad heterosexuales, matrimonios o convivientes” con problemas de esterilidad o infertilidad, por lo que las de un mismo sexo solo pueden acceder a estas técnicas de reproducción fuera del país. Muchas acuden a España, por proximidad, para realizarse el tratamiento y regresan a Italia para seguir el embarazo y para el nacimiento del niño.

Es un tema muy discutido en Italia. En concreto esta sentencia llega como respuesta a una cuestión planteada por el Tribunal de Lucca, en la Toscana, a raíz del caso de dos madres, las dos abogadas, que no pudieron inscribir a su segundo hijo en el registro civil como descendiente de ambas, a causa de la decisión del Gobierno de la ultraderechista Giorgia Meloni de bloquear este tipo de inscripciones a través de una circular del Ministerio del Interior.

La fiscalía impugnó en 2023, después de la publicación de ese comunicado, el certificado de nacimiento de su segundo hijo, en el que aparecían ambas progenitoras. Isabella Passaglia y Glenda Giovannardi habían acudido a una clínica de Barcelona para realizar el tratamiento de fecundación asistida y su hijo nació en Italia. Debido a un vacío legal, en el país transalpino los alcaldes, que controlan el registro civil en sus municipios, toman decisiones diferentes en distintos lugares en casos idénticos.

El Ejecutivo de Meloni, al poco de llegar al poder, a inicios de 2023, envió una circular a las administraciones locales en la que exigía que dejaran de inscribir en los registros civiles a los hijos de las parejas homosexuales nacidos en el extranjero por medio de los vientres de alquiler y también a los nacidos en Italia por fecundación asistida. Esta situación ha producido que decenas de casos se hayan tenido que resolver en los tribunales.

Como el de la pareja de lesbianas de Lucca. Ambas tienen dos niños, en común, una niña de tres años y un niño de dos. Passaglia dio a luz a la niña y Giovannardi al niño. La fiscalía impugnó solo el certificado de nacimiento del niño porque nació en 2023, en la época de la polémica circular del Gobierno de Meloni. Ambas celebran que el certificado de su hija no fuera contestado, pero advierten de que si no hubieran recurrido a la justicia, ahora tendrían una hija con dos madres legales y un hijo “con una madre fantasma”.

“Estamos felices y emocionadas. Y como juristas, agradecidas al Constitucional, que una vez más demuestra ser un órgano de garantía independiente que protege a todos. Y esta vez en nombre de los niños. Reconocer un derecho no quita nada a nadie, simplemente añade”, han declarado ambas a los medios.

Su abogado, Vincenzo Miri, ha señalado que se trata de una “sentencia histórica” que “afirma un principio de civilización jurídica en interés de todos los niños contra una cultura ligada a un único modelo de familia”.

La sentencia del Tribunal Constitucional es muy importante, aunque no reconoce automáticamente el derecho de las parejas de lesbianas a recurrir a la fecundación asistida en Italia. Para ello será necesario elaborar una legislación específica o cancelar las prohibiciones existentes, pero sin duda es un paso importante que parece un punto de no retorno para las parejas de lesbianas con hijos.

Desde la circular de Meloni hasta ahora, el único derecho de las madres no gestantes, consideradas “fantasmas” por el Estado italiano, era recurrir a la adopción del hijo biológico de su pareja, que es un proceso largo y costoso y que no permite constar como progenitora en los documentos del niño desde el momento del nacimiento.

El hecho de no estar reconocidas como progenitoras significa en la práctica que las madres no biológicas necesitan una autorización especial para recoger a sus hijos del colegio, para viajar con ellos o para vacunarlos o llevarlos al médico, por ejemplo.

La legislación del país transalpino no contempla que las parejas del mismo sexo puedan tener y criar hijos, y tampoco está regulado el reconocimiento del vínculo parental. En los últimos años esto ha creado una gran laguna de protección, sobre todo para los hijos e hijas.

En la sentencia, el Tribunal Constitucional subraya que no reconocer a la madre no biológica como progenitora atenta contra el interés superior del niño, un principio jurídico fundamental tanto en el Derecho nacional como en el internacional. Y destaca también la responsabilidad compartida que asume una pareja al recurrir a la reproducción asistida para tener un hijo, de la cual ninguno de los progenitores puede desvincularse.

La oposición celebra la medida

La oposición ha aplaudido la decisión de la máxima Corte. La coordinadora del Comité de Derechos Civiles y Políticas de Género del Movimiento 5 Estrellas (M5S), Alessandra Maiorino, ha calificado el fallo como una victoria histórica para las familias LGTBI que “marca un enorme avance en los derechos civiles del país”.

“No se puede legislar para que un niño sea huérfano solo porque tiene dos madres. Esta es una respuesta contundente contra las políticas reaccionarias del gobierno de Giorgia Meloni, que ha intentado borrar a las madres no biológicas de los certificados de nacimiento”, ha recalcado.

El Tribunal Constitucional ha reconocido también que “no existen obstáculos constitucionales” para ampliar el acceso a la fecundación asistida a las mujeres solas, aunque deja en manos del legislador, es decir, el Parlamento, la decisión de ampliar la ley.

Hasta ahora, una mujer sola, por ejemplo, no puede acceder en Italia a la inseminación heteróloga, el procedimiento de reproducción asistida en el que se usa esperma de un donante. Los jueces han subrayado que, desde el punto de vista constitucional, no existen obstáculos para extender eventualmente el acceso a la reproducción asistida “a núcleos familiares distintos de los actualmente contemplados, y en específico, a la familia monoparental”.

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Sobre la firma

Lorena Pacho
Licenciada en Periodismo por la Universidad de Valladolid. Colabora con EL PAÍS desde Italia. Aprendió en Castilla y León Televisión, RTVE y la Agencia EFE. Máster en Periodismo en Televisión Instituto RTVE / URJC y Máster en Periodismo Internacional UNED / EFE Escuela.
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