España no extraditará a la enfermera de Chávez porque Maduro “no respeta los derechos humanos”
La Audiencia Nacional revoca la decisión tomada hace cuatro meses de extraditar a Claudia Patricia Díaz Guillén y su esposo


La Audiencia Nacional ha rechazado finalmente extraditar a Venezuela a Claudia Patricia Díaz Guillén, ex secretaria ejecutiva del Fondo de Desarrollo Nacional (Fonden) y enfermera personal de Hugo Chávez, y al esposo de esta y exescolta del fallecido líder venezolano, Adrián José Velásquez Figueroa. Ambos están siendo investigados por blanqueo de capitales en relación con los llamados Papeles de Panamá. El Pleno de la Sala de lo Penal ha decidido vetar su entrega porque "existen fundamentos suficientemente sólidos" que indican que el régimen de Nicolás Maduro "no respeta los derechos humanos de quienes discrepen de él".
El pasado octubre, la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia accedió a la extradición del matrimonio, pese a la situación de inestabilidad política y social reinante en Venezuela. Los cónyuges presentaron un recurso de súplica —impugnación a una decisión de un órgano colegiado—. El Pleno de la Sala ha revertido la decisión.
Además de diversos informes de la Unión Europea y de organismos de los que no forma parte España, como la Organización de Estados Americanos, en los que se denuncian ejecuciones extrajudiciales de opositores, torturas, desapariciones forzosas por parte del régimen de Maduro, el tribunal tiene en cuenta el agravamiento de la crisis institucional venezolana. La Audiencia menciona que tanto el Gobierno español como el Parlamento Europeo han reconocido a Juan Guaidó como presidente interino de Venezuela.
Ilegitimidad
Este reconocimiento supone para la Justicia española abundar en la ilegitimidad de las instituciones que reclaman la extradición de los esposos. El presidente del Supremo venezolano, Maikel José Moreno, y el fiscal general de este país, Tarek Halabi, que firmaban la demanda de extradición, están sancionados por la Unión Europea.
La decisión cuenta con un voto particular concurrente, del juez Eloy Velasco, que considera que los hechos por los que el matrimonio está siendo buscado deberían investigarse en España. Díaz Guillén aparece mencionada de manera vaga en la reclamación venezolana como "parte de las personas que utilizaron la firma panameña Mossack Fonseca para la creación de empresas, con fines presuntamente delictivos, hecho conocido como Panama Papers (Papeles de Panamá)".
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