Absuelto de malos tratos un padre que requisó el móvil a su hija por portarse mal
El juez considera que el progenitor no se excedió en su "derecho de corrección"

Un juzgado de Almería ha absuelto a un padre y a su pareja sentimental de un delito de maltrato en el ámbito familiar después de ser denunciado por su hija de 14 años tras una pelea en la que le requisaron el teléfono móvil por "su mal comportamiento". La Fiscalía pedía 10 meses de prisión y tres años de alejamiento para la pareja, que ya habían quitado a la niña un primer terminal.
El fallo, contra el que cabe recurso ante la Audiencia Provincial según apunta Europa Press, considera que se produjo una discusión entre la menor, su padre y la pareja de este por el uso del móvil, si bien no considera probado que las lesiones apreciadas en la menor tres días se las causaran los acusados.
Según recoge la web Confilegal, el juez Fermín Javier Villarrubia señala que no existen pruebas contra los acusados y no da credibilidad a la declaración prestada por la menor, en la que se puso de manifiesto la "difícil relación" que mantiene con su padre, especialmente desde que se tuvo que ir a vivir con él y este inició una nueva relación sentimental.
En este sentido, el titular del Juzgado de lo Penal número 2 subraya que la niña reconoció su "mal comportamiento", como sacar malas notas en el colegio y fumar pese a que su padre se lo tenía prohibido, así como que quería dejar de vivir con su él. La niña también admitió que había llegado a escaparse de casa durante una semana e incluso a "autolesionarse".
El juez considera cuestionable la credibilidad de la menor, lo que se une a un informe forense de las lesiones presentadas a los días de la discusión —hematomas en la cara y un brazo—, que pone en duda que sean del día de los hechos. El magistrado estima la versión de los denunciados, quienes en el juicio negaron maltrato pese a reconocer la "conflictiva" relación con la niña, a la que "han castigado en varias ocasiones".
"Debajo de toda difícil relación paterno filial, en la educación de la menor de 14 años, subyacen los intentos del padre por ejercitar el llamado derecho de corrección, pero no puedo considerar probado que en el presente caso (...) se haya incurrido en un exceso en el ejercicio del citado derecho", resume el juez quien reitera la falta de acreditación de malos tratos.
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