La Ley Olimpia ante el caso de Issabela Camil contra Netflix México: “Cuando una mujer denuncia nos hace avanzar a todas”
Abogadas mexicanas analizan la demanda de la actriz por ‘Luis Miguel, la serie’ y consideran que el caso es punta de lanza para el futuro de la legislación


La demanda de la actriz Issabela Camil contra Netflix México ha puesto en la mesa el alcance de la Ley Olimpia y la discusión —una vez más— sobre el respeto a la intimidad sexual de las mujeres cuando son víctimas de violencia digital, en representaciones no consentidas de su imagen que, además, generan ganancias económicas para quienes las reproducen. “Este caso es pionero por la forma en la que opera el patriarcado, [...] con estas trampas legislativas. Las leyes están hechas por hombres para seguir conservando sus privilegios patriarcales y todo un sistema capitalista que favorece la producción en un mercado en el que los cuerpos de las mujeres son utilizados para venderse, para mostrarse y que les genera muchísimos ingresos”, dice Diana Luz Vázquez, una de las abogadas consultadas para analizar el caso.
El pasado mes de febrero, el juez de control Roberto Posán Tornero confirmó las medidas de protección impuestas por la Fiscalía General de la República (FGR) en el caso de Camil contra Netflix México. La decisión ratificaba la orden de bajar varias escenas de contenido sexual de la producción audiovisual Luis Miguel, la serie, por ser violatorias del derecho a la intimidad sexual de la actriz mexicana. En 2023, Camil demandó a la empresa por esos motivos y por la representación que se hace de ella sin su consentimiento en esta serie, que fue vista por cientos de miles de espectadores en México y en varios otros países.
Como respuesta, Netflix México ha argumentado que no es responsable de revisar los contenidos que llegan a su plataforma y que la empresa estadounidense Netflix Inc, con sede en Estados Unidos, es la que decide lo que se sube. “Esto obstaculiza a las víctimas a proteger sus derechos y hace que la Ley Olimpia sea prácticamente inaplicable a la plataforma de streaming”, señalaron los abogados de la actriz.
Sin embargo, cuatro juristas mexicanas defienden la relevancia del caso y coinciden, desde distintos puntos de partida, que la denuncia de Issabela Camil sienta un precedente importante para el futuro de la Ley Olimpia y de las formas en las que la justicia mexicana debe de responder en un futuro —en el que la irrupción de la Inteligencia Artificial ya es un hecho— a las violaciones de los derechos de las mujeres.
“Issabela Camil no tiene el poder que tiene Luis Miguel”
Para la abogada y activista Diana Luz Vázquez, el caso es relevante en un escenario en el que los cuerpos y las imágenes íntimas de las mujeres siguen siendo material para producciones por las que las empresas ganan millones. “La demanda es pionera, por esta forma en la que opera el patriarcado a través de la inteligencia artificial, de disfrazar la sexualización de las mujeres y que en este caso, en el tema de la legislación de la Ley Olimpia, no hay una referencia explícita cuando se habla de la ficción”, asegura.
Vázquez considera que Netflix México hace una defensa “tramposa” de la libertad de expresión, algo que también revela que no tienen interés en proteger los derechos de las mujeres. Además, dice que mientras Luis Miguel ha tenido seguramente ganancias económicas por esta serie, para Camil no hay ningún tipo de beneficio. “Esta disparidad en la mirada de decir: podemos usar tu cuerpo, explotar tu historia, pero no te vamos a pagar. Es una vez más porque Issabela no tiene la condición de poder que tiene Luis Miguel y es una mirada vista desde los hombres. Que los cuerpos de las mujeres no valen y, por tanto, los pueden mostrar, usar, reproducir, transmitir...”.
Vázquez critica las declaraciones del actor protagonista de la serie, Diego Boneta, cuando comentó a varios medios que “había otros intereses” en el caso como “ventajas políticas”, en alusión a la pareja de Camil, el diputado morenista Sergio Mayer: “Que Boneta salga decir que porque la señora tiene un esposo en el poder, es nuevamente patriarcal. Es ver a la mujer que no puede exigir sus derechos por ella misma porque estamos usando su cuerpo, sino que los exige porque hay algo más. Por su marido, como si ella no pudiera tener la voz para exigir sus propios derechos. Esto es superviolento”.
“Cuando una mujer denuncia nos hace avanzar a todas”
Marcela Torres, abogada del Frente Nacional para la Sororidad y la Ley Olimpia, resalta que en la respuesta de la empresa no se alega que no se haya violado la intimidad de la actriz y asegura que desde el Frente han analizado este caso con el artículo 199 Nonies del Código Penal Federal, que sanciona no solo la difusión real de contenido íntimo sexual, sino también cuando dicho contenido no corresponde a la persona señalada, pero la representa de forma identificable. “Si la narrativa, los rasgos y los elementos de la historia permiten reconocer a la persona, sí se configura una afectación a su intimidad, aun cuando se le cambie el nombre o se usen actores”, dice Torres, que, además, ve en una carta rogatoria —una especie de exhorto a las autoridades de Estados Unidos— una posibilidad de abrir un camino legal hacia su caso en ese país.
Torres recuerda que hace unos días el Gobierno estadounidense aprobó una legislación conocida como Ley Olimpia, “lo que fortalece aún más las posibilidades de defensa jurídica para casos como este”, dice. Y agrega: “No estamos hablando de censura, sino de poner límites respecto a la libertad de expresión. Y yo pregunto, por ejemplo, si a alguien le gustaría que supieran con quién o cómo tuvo relaciones sexuales. Es algo a lo que yo no quisiera estar expuesta o que mis hijas me pregunten si es o no cierto. Y no me importa si es Luis Miguel. Mi vida íntima no tiene por qué ser del interés público de las personas. Eso es lo que defiende la Ley Olimpia”.
La abogada también recuerda que, independientemente de una sentencia, el obtener medidas de protección puede frenar la cadena de afectaciones. Y asegura que el caso podría ser “punta de lanza” para que esto nos se repita. “Cuando una mujer denuncia, como es el caso de Issabela Camil, no solo gana ella, a todas nos hace avanzar”.
“El verdadero villano de este caso es Netflix”
Cecilia Rodríguez Quintero, abogada especialista en Derechos Humanos, tiene una perspectiva que apunta hacia la responsabilidad de las empresas en la protección de los derechos de los ciudadanos. Asegura que muchas compañías extranjeras operan de manera estratégica “para evadir ciertas responsabilidades”, como es en este caso Netflix. “En la contestación de la empresa es donde yo veo la evasión de la responsabilidad. Tiene que existir un compromiso de respetar los derechos de los nacionales, en este caso los de las mujeres. El verdadero villano para mí, es la empresa”.
Quintero insiste en que es necesario que se reconozca que, aunque se trata de una serie con un guion, no es ficción, y que está probado, al menos en el caso de Camil, que hay afectaciones directas en su vida por esa representación. “Tendría que abrirse el debate quizá de la creación de algún instrumento que permita la colaboración entre países por esta complicidad, al menos en materia de todas las producciones digitales”, dice.
“La difusión de las escenas transgrede el derecho a la intimidad”
La abogada Johana Ventura Bustamante dice que es preocupante que, dada la relevancia de este caso, el tema no esté ocupando más espacios de conversación. Está segura de que la demanda visibiliza otra área de protección a los derechos de las mujeres porque habla de aquellos contenidos sexuales que son “simulados” sobre una persona. “Hubiera sido diferente si Netflix, al momento en el que la víctima denuncia y exige que el contenido sea eliminado, hubiera tenido una postura responsable al entender la dimensión de difundir imágenes íntimas de una persona, sin su consentimiento”, dice.
Para Ventura, el caso proyecta los nuevos retos para temas de violencia digital y reconoce la postura de la actriz para lograr que se le respete su derecho a la protección de su intimidad. Además, recuerda que no solo son los hombres de a pie quienes violentan a las mujeres compartiendo contenido íntimo, sin su consentimiento, sino también industrias tan grandes y poderosas como Netflix. “El caso es interesante porque pone a prueba muchos de nuestros instrumentos legales que en apariencia creíamos haber conocido a la perfección, esto de que la difusión de este tipo de contenidos también puede ser entendida como algo que transgrede el derecho a la intimidad de las mujeres”.
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