Una sentencia del Supremo amenaza al Área Metropolitana de Barcelona con recortar sus ingresos en hasta 30 millones
El fallo obliga a la institución a modificar su tributo metropolitano e igualar su carga a todos los contribuyentes, lo que obligará a reducir el gravamen aplicado


El Área Metropolitana de Barcelona (AMB) tiene cuatro meses para modificar la ordenanza fiscal que regula su tributo metropolitano, un recargo al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) que se aplica a los propietarios de la capital catalana y los 35 municipios que la rodean. El vicepresidente del AMB, Antoni Balmon, también alcalde de Cornellà, será el encargado de poner de acuerdo a los distintos ayuntamientos y colores políticos, pero encajar las piezas de todo el puzzle no será sencillo y dentro del Gobierno de la gran Barcelona se teme que no pueda ser del actual tamaño: en torno a 130 millones de euros de ingresos anuales. “Será imposible mantener esa cifra”, asumen fuentes de la institución, que no descartan quedarse con los ingresos de 2018, cuando aún no se pagaba ese tributo en 18 municipios de la segunda corona metropolitana: 30 millones menos.
El embrollo tiene su origen en diferentes sentencias del Tribunal Supremo, la primera de 2022, que avalaban fallos anteriores del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y que obligan a la AMB a fijar unas condiciones similares de pago a todos los contribuyentes afectados, sean particulares o empresas. Cuando recibió el primer fallo ya sin opción a recurso, el Gobierno metropolitano elaboró un análisis jurídico para determinar cómo actuar y presentó un incidente de ejecución de sentencia cuya respuesta llegó el año pasado. Tras la moratoria en la aplicación que se ha prolongado durante el actual ejercicio, a la institución se le ha acabado el tiempo. El próximo año deberá poner punto y final a las desigualdades de gravámenes en el que es su principal tributo propio.
Actualmente, el tributo metropolitano, que se activa como un recargo del impuesto de bienes inmuebles (IBI) y afecta a los mismos titulares, es laberíntico. Algunos contribuyentes afrontan gravámenes superiores a otros, otros cuentan además con bonificaciones — los particulares— para reducir la factura final y hay incluso quienes están liberados de pagarlo. El Supremo reclama acabar con esas diferencias para crear un tributo que responda a los “principios de generalidad tributaria e igualdad”, tal y como defiende la Ley Reguladora de Haciendas Locales. Por ejemplo, el tributo metropolitano que pagan los llamados bienes inmuebles de características especiales (BICE), que son espacios como el puerto o el aeropuerto o recintos de generación y distribución eléctrica, es del 0,2% sobre el IBI, mientras que el resto de contribuyentes asumen una tarifa del 0,173%, que una vez aplicadas las bonificaciones pueden caer al 0,035%.
Ante la obligación de igualar gravámenes, si la AMB optara por los porcentajes aplicados a los BICE (y que algunas energéticas han llevado a los tribunales y han ganado), el tributo metropolitano se encarecería mucho para los particulares, que además perderían las bonificaciones actuales. Por ello, el Gobierno de la AMB está planteando una importante reducción del gravamen, que tendrá que ser pactada, para que al menos el alza no sea muy alta y compensar las actuales deducciones.
Pese a todos los ajustes y cálculos posibles, en la dirección de la AMB dan por hecho que la ejecución de las sentencias judiciales va a tener su impacto en el presupuesto municipal. “Estamos estudiando los escenarios presupuestarios que nos permitan mantener para 2026 las actividades ordinarias y los planes de inversión. Básicamente, trabajamos para jerarquizar los gastos para procurar bajarlos o contenerlos el próximo año y también haciendo gestión financiera y patrimonial para compensar la caída de ingresos”, responde una portavoz de la AMB a una pregunta de este diario a través de un correo electrónico.
Lo que es seguro es que va a haber contribuyentes que inicialmente se libraban del tributo y que ahora tendrán que pagarlo. Por ejemplo, la ordenanza fiscal vigente libra del pago a los propietarios de fincas residenciales con un valor catastral de hasta 49.200 euros. A partir de 2026 tendrán que asumir el pago, lo que podría afectar a unos 40.000 titulares.
El tributo metropolitano fue creado en 2010, a raíz de la desaparición de la Entidad Metropolitana del Transporte y la de Servicios Hidráulicos y Tratamiento de Residuos, cuyas competencias asumió el AMB. Una disposición adicional dejaba fuera los 18 municipios de la segunda corona, al considerar injusto que pagaran el impuesto teniendo una red de transporte público de menor calidad que el resto de la AMB. En 2019 se decidió que pagaran ese tributo, dando por hecho la igualdad de condiciones y el hecho que ingresaban en la integración tarifaria de la ATM, con precios del transporte público de menor cuantía.
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