El Tribunal Europeo de Derechos Humanos rechaza la queja de una condenada por el asedio al Parlament en 2011
La decisión concluye que la demandante “no agotó las vías de recursos internos” antes de presentar su queja en Estrasburgo

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha decidido este jueves no admitir la demanda contra España de una condenada por las protestas de “indignados” en el parque de la Ciutadella, ante el Parlament de Cataluña, el 14 y 15 de junio de 2011, que impidió la entrada a varios diputados.
La decisión concluye que la demandante, Olga Álvarez Juan, residente en Barcelona, “no agotó las vías de recursos internos” antes de presentar su queja en Estrasburgo. Así, entiende que la demandante acudió a Estrasburgo “per saltum y no proporcionó al Tribunal Constitucional” (TC) la “justificación de la trascendencia constitucional especial que su recurso de amparo debía tener”, como exige el artículo 49.1 de la Ley Orgánica del TC.
Álvarez Juan participó en la protesta de “indignados” contra los recortes presupuestarios que supuso un asedio al Parlament en 2011. Unos 50 parlamentarios autonómicos tuvieron que entrar en furgones de los Mossos d’Esquadra, otros lo hicieron en helicóptero y algunos de los que entraron a pie fueron zarandeados o agredidos.
La Generalitat y el Parlament pidieron, como acusación particular, penas de tres años de cárcel para cada uno de los acusados. La Audiencia Nacional absolvió a la demandante y al resto de acusados, pero el Tribunal Supremo los condenó a una pena de tres años de cárcel por un delito contra las instituciones del Estado.
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