Jordi Turull, el último condenado del ‘procés’ que sale de prisión para trabajar
El exconsejero se incorpora a un bufete de abogados de Terrassa

Jordi Turull, exconsejero de Presidencia de la Generalitat, ha salido hacia las 8.10 de este martes de la prisión barcelonesa de Lledoners para ir a trabajar. Turull, que fue candidato de Junts per Catalunya a president en marzo de 2018, se convierte así en el último de los condenados por el procés en poder abandonar la cárcel unas horas al día en aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario. El exconsejero, condenado a 12 años de prisión por sedición y malversación, ha abandonado la cárcel acompañado por su pareja y una hija. “Hoy, después de tantos días entre barrotes de tantas prisiones, comienzo a salir para trabajar. No es ni mucho menos la libertad. Salgo cargado de infinita gratitud a tantas personas por tanto y con las convicciones y el compromiso político intactos", ha publicado en Twitter.
Tras saludar a los periodistas a las puertas del centro penitenciario, Turull se ha dirigido en coche hasta Terrassa, donde trabajará en el despacho de abogados Badia. El exconsejero ha llegado sobre las 9.20 a la ciudad alrededor, donde un grupo de personas lo ha recibido con aplausos y abrazos. Turull, licenciado en derecho por la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB), trabajará de abogado especialista en derecho público.
Turull trabajará en la misma ciudad que otro de los presos, Josep Rull, que este lunes también estrenó su permiso de trabajo, en su caso, en el gabinete jurídico del complejo hospitalario Mútua de Terrassa. Rull también es licenciado en Derecho.
Jordi Turull, junto a Josep Rull, han sido los últimos condenados por el Supremo por la causa del procés a los que la junta de tratamiento de Lledoners acordó, el pasado jueves, aplicar el artículo 100.2 del reglamento penitenciario, por lo que ambos exconsejeros podrán permanecer, de lunes a viernes, 12 horas al día fuera de prisión para ejercer actividades laborales, ejercer voluntariado o cuidar de familiares. Este artículo es de aplicación inmediata, aunque la autorización deberá ser posteriormente refrendada por la juez de vigilancia penitenciaria.
El artículo 100.2 lo proponen las juntas de tratamiento de las cárceles —integradas por juristas, psicólogos, educadores sociales, médicos y maestros— y los eventuales recursos se agotan en la Audiencia provincial, a diferencia de la determinación de la clasificación penitenciaria, en que la última palabra la tiene el tribunal sentenciador, que en el caso del procés es el Supremo.
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