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La encrucijada de una jueza: dejar la carrera, renunciar a sus hijos o abrir una batalla legal

Una magistrada reclama al CGPJ que le permita renunciar a la plaza que solicitó ante el rechazo del padre de los menores a un cambio de residencia

La presidenta del CGPJ, Isabel Perelló, durante un acto en el Supremo.Chema Moya (EFE)

Renunciar a la custodia de sus hijos, llevárselos a la otra punta de España sin consentimiento del padre e iniciar una batalla judicial o tener que abandonar la carrera judicial. Esta es la disyuntiva en la que se ha visto envuelta una jueza después de que la comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) haya rechazado su petición de renunciar a una plaza en otra comunidad autónoma por la negativa de su exmarido a aceptar el traslado de los hijos, menores de edad y cuya custodia tiene la madre. La mujer ha recurrido la decisión ante el pleno del Consejo, donde, según fuentes del órgano, se ha abierto un debate entre los vocales que consideran que la ley no permite renunciar a una plaza ya adjudicada y los que creen que, en este caso, debe primar el interés superior de los menores, que se verían expuestos a una batalla judicial entre sus padres, y abogan por dejar sin efecto el traslado de la jueza. Si, como apuntan fuentes del Consejo consultadas, el pleno ratifica la resolución de la comisión permanente, la magistrada se verá obligada a tomar posesión de su nueva plaza porque, en caso contrario, la ley impone una consecuencia que el propio CGPJ considera “radical”: la renuncia al cargo y a la carrera judicial.

El cambio de destino había sido solicitado por la magistrada dentro de un concurso de traslado voluntario del Consejo que quedó resuelto en diciembre. Pero unos días después, la mujer presentó oficialmente su renuncia alegando la negativa “sobrevenida e impeditiva” de su expareja al cambio de residencia de los hijos que tienen en común. La jueza, que está ahora de baja debido al impacto emocional que le ha causado este conflicto, ha pedido mantener su anonimato y las localidades de origen y destino del traslado, pero este implica a una población insular y una provincia situada en el extremo opuesto de la Península.

La adjudicación de la nueva plaza se hizo oficial en un real decreto aprobado el 12 de enero que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 20 de ese mesen. En la víspera de este anuncio, la magistrada recibió una comunicación formal del padre de sus hijos —del que está divorciada— en la que este se oponía al cambio de residencia de los menores. “Tal y como te he transmitido en las conversaciones telefónicas que hemos mantenido los últimos días, tras conocer que has conseguido destino en [...] por la presente te transmito mi formal oposición al traslado de la residencia habitual de los niños, teniendo en cuenta su corta edad y el conjunto de circunstancias concurrentes en la fecha actual, que son las que me hacen considerar que dicho traslado es perjudicial para ellos”, expuso el progenitor.

Cinco días después de recibir este escrito, la magistrada reclamó al CGPJ que le permitiera renunciar al traslado. La mujer considera que su petición debe ser analizada bajo una perspectiva de género e infancia, y equiparse a situaciones de fuerza mayor, como la concurrencia imprevista de enfermedades graves que impidan el traslado. Además, alega que la renuncia no causa ningún perjuicio porque ella fue la única persona que optó a la plaza que se le había adjudicado, y el cese en su actual destino quedó pospuesto hasta el 19 de junio para no interferir en el curso escolar de los niños, por lo que aún no ha tomado posesión del nuevo puesto ni el antiguo ha salido a concurso.

Este fue también uno de los argumentos en los que se basó la comisión de igualdad del Consejo para apoyar la petición de la mujer. En un informe emitido a principios de febrero, esta comisión defendió que la renuncia “no afectaría a derechos ni expectativas de otros concursantes, no alteraría la cobertura efectiva del órgano judicial y no supondría un quebranto relevante para el servicio público”, y concluyó que debe prevalecer el interés superior del menor. El Servicio de Personal del CGPJ, sin embargo, propuso no admitir la reclamación de la magistrada, al entender que el desistimiento solo es posible durante la tramitación del concurso y que, una vez adjudicada y publicada la plaza, la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) no prevé la posibilidad de renunciar e impone la toma de posesión. Con ese informe sobre la mesa, la comisión permanente acordó el 17 de febrero rechazar la petición de la mujer.

Esa decisión, según fuentes del órgano de gobierno de los jueces, se adoptó con el voto a favor de seis de los ocho miembros de la permanente: los cuatro vocales adscritos al sector conservador, el vocal Carlos Hugo Preciado, propuesto por Sumar, y la presidenta del Consejo y del Supremo, Isabel Perelló. Los otros dos integrantes de esta comisión, Bernardo Pérez y Argelia Queralt, adscritos al bloque progresista, apoyaron la petición de la jueza. Según el acuerdo del CGPJ, al que ha tenido acceso EL PAÍS, la renuncia a una plaza ya adjudicada y publicada no tiene cobertura legal. El órgano invoca, además, el interés en el correcto funcionamiento del servicio público y la seguridad jurídica del concurso, aun reconociendo que en este caso no habría perjuicio a terceros.

La magistrada ha recurrido esa resolución ante el pleno del Consejo. En su escrito, argumenta que el órgano de gobierno de los jueces “omite cualquier consideración al interés superior de los menores afectados, principio informador del ordenamiento jurídico y de la actuación de los poderes públicos”. Un principio informador es una norma fundamental, base o directriz constitucional que orienta la creación, interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico. El recurso de la magistrada invoca también de nuevo la perspectiva de género, máxime cuando, añade, la revocación o renuncia no perjudicaría a ningún otro miembro de la carrera judicial. La decisión del exmarido de oponerse al traslado actúa, en la práctica, “como un mecanismo de control sobre la libertad de residencia”, señala la jueza, que considera que el rechazo de la comisión permanente “constituye a todas luces una doble victimización y provoca, tanto en ella como en sus hijos, un sufrimiento innecesario”.

Como medida cautelar, la magistrada solicita que la salida a concurso de la plaza que ahora ocupa se mantenga en suspenso mientras se resuelve el recurso y reclama fijar un criterio que permita aceptar renuncias cuando concurran tres requisitos: circunstancias extraordinarias y sobrevenidas debidamente acreditadas; no haber tomado posesión del nuevo destino; y que la plaza de origen no se haya ofertado aún.

“Interpretación subjetiva”

El escrito de la magistrada explica que el acuerdo del Consejo se escuda en una “interpretación subjetiva” de dos artículos (319 y 322 ) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo que lleva a concluir que “la única vía legal ante la falta de toma de posesión es la renuncia forzosa a la carrera judicial y una ‘posterior e incierta’ solicitud de rehabilitación alegando justa causa". “Esta interpretación resulta a todas luces desproporcionada, carente de humanidad y contraria a la tutela judicial efectiva y al derecho al trabajo”, subraya el recurso, que apunta que el reglamento de la carrera judicial recoge la posibilidad de “desistir o modificar” la petición de participación en concurso de traslado fuera del plazo de presentación de solicitudes, “siempre que concurra una causa justificada que no haya podido ser conocida en el mentado plazo”.

El Consejo, sin embargo, ha considerado hasta ahora que, aun cuando el reglamento prevé la posibilidad de desistir de la participación en un concurso, no hay ninguna norma que regule la posibilidad de renuncia al puesto ya obtenido, es decir, con posterioridad a la conclusión del proceso de selección y adjudicación de plazas. La ponencia de la resolución del recurso ha recaído sobre la vocal Inés Herreros, miembro del sector progresista que, mayoritariamente es partidario de aceptar la petición de la jueza, según las fuentes consultadas. Pero para salir adelante, el apoyo a la jueza necesita 11 votos, por lo que si Perelló y el vocal Preciado mantienen la postura que defendieron en la permanente y los 10 vocales del bloque conservador votan en contra de la petición de la magistrada, esta sería denegada.

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