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El Supremo confirma la condena de 23 años por quemar vivo a un hombre en Gran Canaria

El asesino prendió fuego al abogado Juan Betancor, cerró la tapa de un aljibe en el que el fallecido trató de apagar las llamas y amenazó a la esposa del fallecido

Sede del Tribunal Supremo. Pablo Monge

Lo emboscó en la finca donde residían víctima y asesino, lo roció con gasolina y gasoil y le prendió fuego y, por último, le cerró la tapa del aljibe al que se había tirado para apagar las llamas. Por todos estos hechos probados, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la pena de 23 años de prisión impuesta a Antonio Paulo García por el asesinato con alevosía y ensañamiento del abogado Juan Betancor, ocurrido en mayo de 2022 en el municipio de Santa Brígida (Gran Canaria). La resolución, fechada el 29 de enero de 2026 y a la que ha tenido acceso El PAÍS, rechaza el recurso de casación del condenado y valida las conclusiones alcanzadas tanto por la Audiencia Provincial de Las Palmas como por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

El acusado, de 72 años en el momento de los hechos, residía hacía 16 en un cuarto de aperos acondicionado como vivienda en la finca, propiedad del matrimonio formado por el penalista Betancor también de 72 añosy su esposa, Fátima Sánchez. El inmueble está situado en Santa Brígida, el municipio de mayor renta per capita del archipiélago, y era usado como vivienda de fin de semana por la pareja.

El domingo 29 de mayo, sobre las 10.15, García atacó de forma premeditada a Juan Betancor en una finca de dicho municipio. Según el relato judicial, actuó “movido por un sentimiento de odio y resentimiento, con intención de acabar con su vida de forma cruel”.

En la sentencia, firmada por cinco magistrados entre ellos, Pablo Llarena y Manuel Marchena, quienes participaron en el juicio al procès— consta que el acusado esperó a la víctima en un pasillo estrecho con un cubo de pintura relleno de gasolina y gasoil. Cuando Betancor pasó junto a él, García “arrojó el contenido del bote por todo su cuerpo, que le empapó desde la cabeza hasta los pies, prendiendo simultáneamente el acelerante con un encendedor”. Las llamas envolvieron de inmediato a la víctima, que comenzó a gritar pidiendo auxilio.

Betancor corrió hasta un aljibe de más de tres metros de profundidad para intentar apagar el fuego. Logró abrir la tapa y meterse en el agua, pero el agresor “cerró la tapa” del depósito y lo cubrió con “un horno viejo y la puerta de un coche”, impidiéndole salir.

Al oír los gritos, la esposa del fallecido, Fátima Sánchez, se dirigió al lugar. Allí se encontró con el agresor, que sostenía “un cuchillo de grandes dimensiones”. García la agarró del cuello y la amenazó: “Dame el móvil o te mato”. La condujo hasta el salón de la vivienda, donde volvió a colocarle el cuchillo en el cuello hasta obtener el teléfono.

Luego, para evitar que escapara, el acusado cerró con la llave la puerta de entrada de la vivienda, dejando encerrada a Sánchez. La mujer consiguió salir por una ventana y trepar una pendiente para superar el vallado perimetral. Tras llegar a una vivienda cercana, pidió ayuda a unos vecinos, que alertaron a la Guardia Civil y a la Policía Local.

Los agentes localizaron a Betancor aún con vida dentro del aljibe y lo evacuaron en ambulancia medicalizada al Hospital Dr. Negrín. Debido a su estado crítico, con el 86% del cuerpo quemado, fue trasladado al Hospital Universitario La Paz (Madrid), donde falleció el 31 de mayo por un fracaso multiorgánico derivado de las quemaduras.

El Supremo descarta los argumentos del recurso, que solicitaba rebajar la pena al mínimo legal alegando falta de motivación y la supuesta influencia de alcohol o drogas. La sentencia considera acreditada una actuación “especialmente cruel”, premeditada y orientada a incrementar el sufrimiento de la víctima, lo que justifica la pena impuesta. También rechaza recalificar los hechos relativos a la esposa y destaca la peligrosidad del medio empleado en la coacción —un cuchillo de grandes dimensiones—.

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