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Ábalos se “arrepiente” de no dejar antes el escaño y dilata la causa en la que se le investiga junto a Cerdán

El dirigente navarro, que está en libertad, se beneficiará de que la investigación del amaño de obras vaya ahora a la Audiencia Nacional, donde el ‘caso Koldo’ se convertirá en una macrocausa

El que fuera hombre fuerte de Pedro Sánchez en el PSOE se sentó por primera vez en un escaño del Congreso de los Diputados en 2009. Este miércoles, 17 años después, José Luis Ábalos ha renunciado al único espacio político al que todavía se aferraba desde la prisión de Soto del Real, en Madrid. Ábalos deja su escaño, ya fuera del PSOE —el partido en el que militaba desde 1995 le suspendió en febrero de 2024—, y se prepara para afrontar el juicio por el caso mascarillas en el Tribunal Supremo, por el que la Fiscalía le pide 24 años de prisión. El ya exdiputado confiesa a su entorno que está “arrepentido” de no haber renunciado antes a su escaño, como le había recomendado su primer abogado, José Aníbal Álvarez, porque admite ahora que habría tenido más opciones de eludir la prisión provisional en la que se encuentra. El juicio por esa causa se mantendrá como estaba previsto, pero el cambio de condición de Ábalos afectará directamente a la línea de investigación sobre los amaños de obra pública en el Ministerio de Transportes, por los que está imputado el también ex secretario de Organización Santos Cerdán. Esta causa se irá a la Audiencia Nacional, donde previsiblemente se dilatará durante años.

La condición de aforado de Ábalos ante el Supremo era la única razón por la que ambas tramas (mascarillas y amaños de obras) estaban en el alto tribunal. Ábalos llevaba semanas meditando la decisión que finalmente anunció el miércoles a través de su cuenta de X, que gestionan entre su hijo y una amiga: “Ha sido un verdadero honor ser diputado de las Cortes”. Según cuentan fuentes de su entorno a EL PAÍS, en su estancia en el centro penitenciario, donde entró el pasado 27 de noviembre, ha podido recapacitar. “Se equivocó”, explican. El exministro de Transportes rompió con Álvarez, el primer letrado que cogió las riendas de su defensa, en octubre por lo que llamó “diferencias irreconducibles”. Pero detrás del eufemismo había una recomendación clara: el abogado le alentaba a dejar el escaño para que las dos patas de la investigación recalaran en la Audiencia Nacional y todo el procedimiento se retrasara sine die.

El exministro escuchó la opinión de distintos juristas y decidió no soltar la silla del Congreso. Consideraba que renunciar era dar la razón a quienes ya veían redactada la sentencia y, de alguna manera, autoinculparse cuando él sigue defendiendo a día de hoy su inocencia. “Creía que en el Supremo había más garantías”, expresan en su entorno. Después de que el alto tribunal ratificara el 19 de enero su entrada en prisión provisional por “alto riesgo” de fuga, Ábalos ha soltado el último hilo que lo amarraba a su pasado, dejando el camino libre para la alcaldesa valenciana de Llaurí Ana María González, que le toma el relevo.

Se abren ahora dos escenarios judiciales. El primero en el Supremo, que retendrá la competencia sobre la pata del caso Koldo relativa a la presunta adjudicación ilegal a Soluciones de Gestión S.L. ―empresa vinculada al presunto conseguidor de la trama, Víctor de Aldama― de los contratos para comprar mascarillas en lo peor de la pandemia. Aquí el calendario es claro porque esta pieza principal ya se aproxima a juicio. Habrá una audiencia preliminar el 12 de febrero, para que el tribunal analice las cuestiones de nulidad que plantean las defensas y decida si las acepta.

El segundo escenario se sitúa en la Audiencia Nacional, a donde irá la pieza separada centrada en los amaños de obra pública. Se sumará a las líneas de investigación que ya están en ese órgano sobre presuntas ilegalidades en la compra de material sanitario por parte de otras administraciones públicas, las supuestas corruptelas en Adif y Carreteras para adjudicar obras y los pagos en efectivo que hizo el PSOE a Ábalos y su exasesor. Este cúmulo de piezas transformará el caso Koldo en una macrocausa, al estilo de las que acostumbra a gestar este tribunal especial. La consecuencia evidente es que los juicios podrían tardar años.

Cerdán y exdirectivos de Acciona, principales beneficiados

El gran beneficiario de este movimiento estratégico de Ábalos es Cerdán. El exministro, su exasesor y Aldama se sentarán irremediablemente en el banquillo del Supremo por el caso mascarillas. Los dos primeros ya están en prisión y seguirán allí si hay condena, mientras que el empresario podría evitar la cárcel o reducir al mínimo su estancia entre rejas si la eventual pena se sitúa por debajo de los 7 años que le piden las acusaciones.

Cerdán, en cambio, únicamente está imputado por la trama de obra pública, así que el hecho de que la causa se dilate durante años le da oxígeno. Esto supone mucho más tiempo fuera de prisión, donde ya pasó unos meses entre junio y noviembre de 2025, tanto por la previsible parálisis de las pesquisas en la Audiencia Nacional como por la posibilidad de presentar más recursos en caso de condena.

Ábalos tratará igualmente de luchar para que la causa de las mascarillas no sea enjuiciada en el Tribunal Supremo, donde tras una condena no tendrá posibilidades de recurso, según fuentes de su entorno. Lo tendrán difícil porque el alto tribunal cuenta con un acuerdo de 2 de diciembre de 2014 por el que el Pleno de la Sala de lo Penal fijó que el acto procesal de enviar la causa a juicio ancla la competencia en el tribunal que la tuviera en ese momento, aunque posteriormente se pierda el aforamiento que la justificaba.

Una “táctica dilatoria” que el Supremo frenó con el ‘caso Gürtel’

El Supremo detectó la necesidad de aclarar en qué momento del proceso penal el tribunal consolida su competencia ante la confusión provocada porque ninguna norma lo regulara. Hasta ese acuerdo del Pleno, la única guía para decantar la competencia cuando había una pérdida sobrevenida de aforamiento era un principio del derecho (perpertuatio iurisdiccionis), cuya esencia es que “razones de seguridad jurídica requieren que en algún momento pueda y deba quedar establecida”, en palabras del propio Supremo. Sin embargo, la falta de definición clara de este principio general daba pie a interpretaciones.

El primer caso al que el alto tribunal aplicó doctrina sobre este tema fue Gürtel, la parte de la trama de corrupción relacionada con el PP que analizaba la adjudicación de contratos por la Generalitat Valenciana a Orange Market y otros contratos y obras menores de FITUR. Las pesquisas comenzaron en 2009 en Madrid, pero viajaron al Tribunal Superior de Justicia de Valencia porque había aforados ante esa sede judicial. Concretamente, las diputadas y exconsejeras valencianas del PP Milagrosa Martínez y Angélica Sach. El Tribunal Superior señaló el juicio para el 31 de marzo de 2014, pero, poco después, las dos renunciaron al escaño. Esto desbarató la causa hasta el punto de que el Supremo tuvo que poner orden. Lo hizo diciendo que el destino de un caso “no puede quedar al azar o al capricho del acusado”. Esa “táctica dilatoria” no tiene cabida en derecho, zanjó. El caso terminó en la Audiencia Nacional, que no juzgó estas piezas hasta 2023.

El Supremo eligió como punto de inflexión la apertura de juicio oral, entre otras cosas, porque en ese momento “queda delimitado definitivamente el ámbito objetivo y subjetivo de los hechos”, es decir, qué se juzga y las personas afectadas, ya sea como acusado o acusación. Entonces, hace más de 11 años, el alto tribunal confiaba en que el legislador, al que culpó del caos en este asunto por haber “desatendido” las llamadas a regularlo, lo acabara haciendo. No ha ocurrido.

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