El juez procesa a Íñigo Errejón por la presunta agresión sexual a la actriz Elisa Mouliaá
El exdiputado abandonó la política tras el escándalo de denuncias en redes en su contra. La defensa del exdiputado anuncia que recurrirá el auto


El juez Adolfo Carretero ha acordado procesar al exdiputado Íñigo Errejón por un presunto delito de agresión sexual contra la actriz Elisa Mouliaá. Así consta en un auto, que ha dictado este mismo viernes el titular del Juzgado de Instrucción Número 47 de Madrid. Tras un relato de los hechos, el juez afirma que “no existiendo testigos presenciales de los hechos y contando con algunos testimonios de referencia y pruebas periciales, el principal indicio probatorio es la declaración de la perjudicada”. La defensa de Errejón ha anunciado a este diario que va a recurrir la decisión de Carretero.
Carretero, que estuvo en el punto de mira de buena parte del movimiento feminista por el incisivo interrogatorio a Mouliaá el día de su declaración, ha decidido este viernes enviar al banquillo a Errejón alegando que “no es necesario que existan pruebas plenas, sino que bastan unos mínimos indicios que no permitan descartar del todo una posible sentencia condenatoria, esto es, que la absolución sea inevitable”. En el auto, el juez ha insistido en que no le corresponde a su juzgado determinar si la versión de la actriz o la de Errejón resultan creíbles o no, sino a un tribunal sentenciador: “Los indicios existen y no han sido totalmente desvirtuados por la versión del investigado, su prueba pericial y documental, por lo que el procedimiento no puede ser archivado en esta instancia, so pena que el juez instructor supla el papel del juzgador”.
Por su parte, la defensa de Mouliaá, Alfredo Arrien, ha declarado a este periódico poco después de leer el auto: “Lo hemos recibido con alegría. Elisa cada vez cree más en la justicia, aunque no olvidemos que su camino ha sido largo y tedioso y lo peor es que fuera casi nadie ha creído en ella”. Y destaca que el instructor haya considerado como prueba fundamental su declaración: “Su relato ha logrado convencer a un juez que no es especialmente el paladín del feminismo, ni muchísimo menos. Y, sabiendo el tipo de perfil de juez que es, si ese perfil, chapado a la antigua, ha creído es porque las pruebas indiciarias y la declaración eran suficientes”. “Ahora falta que la crea la sociedad, ese es el reto para ella”, agrega.
Arrien se refiere a un momento clave, el duro interrogatorio a Mouliaá por parte del juez Carretero, cuyo vídeo se filtró y medio país pudo asistir en diferido a las preguntas y comentarios del instructor que indignaron a buena parte de la sociedad, especialmente al movimiento feminista, e incluso el Consejo General del Poder Judicial se vio obligado a iniciar una investigación contra la actuación del instructor, que fue archivada hace un mes. “Estaba muy ebria, ¿seguro?”, “Le dijo: ‘Déjame en paz’?”, “no se entiende que usted no hiciera un gesto” o “usted es una mujer acostumbrada a tratar con el público, ¿cómo no es capaz de decirle que esas condiciones no eran aceptables?”, fueron algunas de las cuestiones y comentarios que enfrentó la actriz.

Todo sucedió una noche de septiembre de 2021. Ambos habían acudido juntos a una fiesta y, según el testimonio de Mouliaá, el político, de 40 años, la agredió sexualmente besándola sin su consentimiento cuando subían en el ascensor y, más tarde, la metió en una habitación de la vivienda, cerró el pestillo de la puerta y le hizo numerosos tocamientos sin su consentimiento, llegando a sacarse “su miembro viril”. Después, se fueron en coche al domicilio de Errejón y allí él volvió a intentar tener relaciones sexuales, momento en el que ella le afeó su comportamiento y le recriminó que le estaba haciendo sentir incómoda y violentada.
Los posibles tres delitos contra la libertad sexual con carácter continuado, como ha mencionado el juez en su auto, se produjeron después de que ella asistiera a la presentación de un libro de Errejón [el político presentó Con todo. De los años veloces al futuro en el Círculo de Bellas Artes de Madrid el 22 de septiembre de aquel año]; un encuentro en el que él, recalca la víctima, “siempre mantuvo una actitud correcta”. Hasta entonces, ambos no se conocían personalmente, aunque llevaban un año intercambiando mensajes a través de la red social Instagram y la aplicación de mensajería instantánea Telegram. Al terminar el acto público, ella le invitó a ir juntos a una fiesta que dos amigos de la actriz celebraban en un piso en Madrid.
El instructor recuerda en su auto que el principal indicio probatorio es la declaración de “la perjudicada” y resultan fundamentales tres aspectos que sostienen la credibilidad de su testimonio: “Antes de los hechos, no tenía ningún motivo espurio, enemistad, odio o venganza”; “su declaración es coherente en lo esencial”, aunque reconoce algunas lagunas como si la puerta de la habitación tenía o no pestillo, pero los considera “detalles secundarios”; y “el retraso en la denuncia según el Tribunal Supremo es un dato a tener en cuenta, pero no supone que sea falsa”, cuenta sobre los tres años que tardó en denunciar. Además, Carretero señala que Mouliaá declaró que tardó en hacerlo por “miedo ante la personalidad del denunciado y únicamente cuando vio que otras mujeres comentaban en medios hechos semejantes”.
Carretero considera, además, que el hecho de que la actriz hubiera relatado los hechos en los medios de comunicación, “incluso a cambio de remuneración”, no le resta credibilidad. Pues, según señala en el auto: “Pues no difieren de lo dicho ante este tribunal, teniendo derecho a contar su intimidad como quiera en un Estado democrático”. El juez considera que tampoco afecta a la credibilidad de su testimonio que hubiera mantenido alguna conversación “intrascendente” con Errejón después de los hechos denunciados y lo explica: “Resulta frecuente que las mujeres maltratadas o abusadas mantengan el contacto con sus agresores, ya sea por dependencia emocional o para que estos se disculpen”.
Por su parte, la defensa de Errejón, que ha advertido que recurrirá el auto, lamenta que el juez “justifica, de forma incomprensible las contradicciones de la Sra. Mouliaá en sedes policial y judicial, que desvirtúan los requisitos de la ausencia de incredibilidad, verosimilitud y persistencia en la incriminación”. También, que, según ellos, “ignora lo declarado por los testigos imparciales que han declarado en fase de instrucción, y que estuvieron presentes en la fiesta, y se apoya únicamente en los testigos de parte (familiares de Elisa Mouliaá), propuestos por la denunciante, que no estuvieron presentes en la misma”, agrega la defensa de Errejón.
El exdiputado de Más Madrid y cofundador de Podemos abandonó la política en octubre de 2024 cuando se conocieron denuncias de comportamientos indebidos cometidos contra varias mujeres. En un comunicado, anunció que dejaba su escaño anunciando que estaba inmerso en “un proceso personal y de acompañamiento psicológico” y admitiendo que había “llegado al límite de la contradicción entre el personaje y la persona”. “El ritmo y el modo de vida en la primera línea política, durante una década, ha desgastado mi salud física, mi salud mental y mi estructura afectiva y emocional”, aducía. Pocos días después, Mouliáa presentó una denuncia contra él por un episodio de violencia machista que presuntamente había sufrido a manos del expolítico tres años antes.
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