Ir al contenido
_
_
_
_

El policía marroquí que pidió asilo podrá quedarse en España mientras se estudia su caso

La Audiencia Nacional considera que los motivos que alegó “no son ajenos a la protección internacional”, al contrario de lo que indicó Interior

El policía marroquí M. C. muestra su solicitud de asilo en España, este lunes en dependencias de la frontera del Tarajal  entre Ceuta y Marruecos, en un imagen cedida.
Juana Viúdez

El policía marroquí que había pedido asilo en la frontera de Ceuta y al que el Ministerio del Interior se lo denegó podrá quedarse en España mientras la Audiencia Nacional estudia el recurso que el agente presentó en los tribunales. Interior argumentó la denegación en que la petición del agente se basaba “en manifestaciones incoherentes” o que contradecían “información suficientemente contrastada sobre su país de origen”.

Ahora la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha acordado este jueves “medida cautelares”, tras las medidas cautelarísimas concedidas el 23 de mayo y ha reconocido su derecho a permanecer en España como solicitante de asilo.

Fuentes policiales señalan que el agente sigue en las dependencias de la frontera hispanomarroquí en El Tarajal (Ceuta) y que aún no han recibido la notificación de las medidas concedidas. Las mismas fuentes señalan que se levantará la custodia en cuanto concluyan los trámites administrativos pendientes, informa Juan Carlos Sanz.

El agente solicitaba la protección internacional porque aseguraba haber sido obligado a realizar prácticas irregulares, algo que lo llevó a dejar su puesto en la Policía, y porque teme ser sometido a tortura si regresa a su país, detallan fuentes jurídicas.

La Sala ha explicado en un auto que para conceder esta medida cautelarísima “debe existir un riesgo grave para la vida o integridad física del extranjero”, por alguna de las razones que justifican la concesión de asilo, y que debe valorarse en función de características objetivas del país de origen y la situación personal del solicitante de asilo.

Con respecto a la argumentación que esgrimió el Ministerio del Interior para denegar la petición de asilo, la sala considera en cambio que “no puede negarse que se alegan motivos no desconectados de la protección internacional”. “En principio, no son alegaciones claramente incoherentes y contradictorias, manifiestamente falsas u obviamente inverosímiles o que contradigan suficientemente información contrastada sobre el país de origen, y pongan claramente de manifiesto que su solicitud es poco convincente por lo que respecta al cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario de protección internacional”, han argumentado.

La Sala hace mención de dos informes de Acnur en los que se considera que una vez determinado su encaje en los motivos políticos previstos en la definición de refugiado de la Convención de Ginebra, así como la Ley 12/2009 “sus alegaciones no pueden ser consideradas manifiestamente inverosímiles, incoherentes o contradictorias, habiendo realizado un esfuerzo por realizar un relato coherente y creíble ofreciendo información detalladas sobre el temor alegado”. El Tribunal también ha tenido en cuenta la repercusión mediática de esta solicitud, tanto en medios nacionales como regionales, alegada por el solicitante.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Sobre la firma

Juana Viúdez
Es redactora de la sección de España, donde realiza labores de redacción y edición. Ha desarrollado la mayor parte de su trayectoria profesional en EL PAÍS. Antes trabajó en el diario Málaga Hoy y en Cadena Ser. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense y Máster de periodismo de EL PAÍS.
Rellena tu nombre y apellido para comentarcompletar datos

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_