Emergencia laboral
La política económica ha de estar en todo momento al servicio de las personas

El Gobierno ha adoptado decisiones excepcionales sobre el mercado laboral. Por un lado, ha obligado al confinamiento de todos los trabajadores salvo en aquellos sectores considerados “esenciales”. Al mismo tiempo, ha dificultado (encarecido) a las empresas el despido por razones vinculadas a la vigencia del estado de alarma. Además, se interrumpe el cómputo de la duración máxima de los contratos temporales afectados por las suspensiones de empleo, de tal forma que una vez finalice la suspensión el contrato temporal vuelve al punto en el que estaba. Son decisiones convenientes, tan excepcionales como todas las que está exigiendo esta suerte de economía de guerra contra la extensión de la epidemia sanitaria.
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Para reducir la propagación del virus hacerlo a través de la limitación de la movilidad de las personas es la condición necesaria, pero no suficiente. En las próximas dos semanas es razonable limitar al máximo los desplazamientos de aquellos que no puedan ejercer sus tareas laborales mediante el teletrabajo. La catalogación de “servicios esenciales” es suficientemente amplia como para no temer el bloqueo de la actividad económica fundamental. En mayor medida dada la limitada vigencia temporal, que abarca el periodo vacacional de Semana Santa.
Con la restricción sobre los despidos lo que se está impidiendo es que se alegue como causa objetiva la emergencia sanitaria, lo que significa que los despidos serán improcedentes y tendrán que sujetarse a la máxima indemnización de 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades, en lugar de los 20 días por 12 mensualidades, cuando existe una causa justificada. En realidad, el Gobierno trata de reconducir hacia los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo las suspensiones de empleo derivadas del confinamiento. Para estos se han arbitrado apoyos financieros públicos a las empresas. Con todo, las reducciones de plantilla, tanto de empleados fijos como temporales, crecen a un ritmo elevado, agravando la erosión del bienestar y colapsando las oficinas de tramitación de expedientes.
Esas decisiones son excepcionales, consecuentes con la emergencia sanitaria. No se trata de modificaciones estructurales en el modelo vigente de relaciones laborales, sino actuaciones tan extraordinarias y circunstanciales como las que se han arbitrado para suministrar gigantescos recursos públicos a las empresas con el fin de facilitar su supervivencia. La calificación de economía de guerra con que las instituciones internacionales están definiendo la amenaza depresiva de la situación actual no solo se extiende a las políticas monetarias y fiscales y a la tolerancia con mayores déficit y deuda pública, sino a otras que permitan reducir las pérdidas de bienestar de la población más vulnerable, a los trabajadores más expuestos al contagio del virus y a los despidos masivos.
La política económica, en condiciones de excepcionalidad pero también en situaciones de completa normalidad, ha de estar al servicio de las personas. De todas, pero desde luego de las que de forma recurrente acaban siendo las principales dañadas en las crisis, con bastante independencia de las causas de las mismas.
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