Prestación por desempleo
Acabo de perder mi trabajo. He pedido la prestación de desempleo que me corresponde por el tiempo cotizado, y después de terminar con el papeleo me han dicho en lo que antes se llamaba Inem que no puedo abandonar el país sin pedirles permiso a ellos; es decir, como si estuviera procesada penalmente.
Me ha parecido que la funcionaria me había tomado el pelo y he hecho una consulta por Internet al Servicio Público de Empleo. Y ha sido peor, solo puedo salir del país una vez al año —con un máximo de 15 días— previa puesta en conocimiento de ellos, y solo si me conceden el permiso correspondiente. He insistido, si pasar a Portugal un domingo a dar un paseo se incluía en esta situación y, efectivamente, solo puedo hacerlo una vez en todo el año, y sin improvisar, porque el permiso lleva tiempo. Si no hago caso pierdo la prestación.
Os lo cuento porque esta situación no es conocida por la opinión pública, al menos yo no tenía ni idea.
Me parece increíble que además de perder el trabajo perdamos el derecho a la libre circulación de personas. Me siento maltratada.— Carmen Sanz.
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