Archivada la investigación al juez denunciado por examinar a inmigrantes
El Poder Judicial no considera acreditado que realizara "preguntas impropias u ofensivas" a los solicitantes de nacionalidad por residencia
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha archivado la información previa abierta al juez de Getafe (Madrid) José María Celemín, denunciado por presuntamente retrasar los procedimientos de concesión de nacionalidad e interrogar a los inmigrantes sobre Historia española. Según fuentes del órgano de gobierno de los jueces, el acuerdo de archivar esta investigación al titular del juzgado de primera instancia e instrucción número 5 y del Registro Civil de Getafe fue adoptado ayer por la comisión disciplinaria.
Para los vocales de la comisión disciplinaria no ha quedado acreditado que el juez de Getafe realizara "preguntas impropias, inoportunas, improcedentes o de cualquier forma ofensivas en la tramitación de los procedimientos de solicitud de nacionalidad por residencia, que obran en la denuncia". No obstante, han acordado remitir las actuaciones a la Dirección General de los Registros y del Notariado.
En julio, la Asociación América España Solidaridad y Cooperación (AESCO) presentó una queja ante el CGPJ y una denuncia contra el juez de Getafe en la que indicaban que éste había vulnerado los derechos de dos ciudadanas colombianas y una uruguaya, a quienes realizó un "examen" de arraigo, en el que incluía preguntas como "qué pasó en España en 1808" o "cómo se llamaba el frente en el que luchó Franco en la Guerra Civil". Los inmigrantes denuncian que no sólo les preguntaba por hechos históricos ocurridos en los dos últimos siglos, sino también por cuestiones sobre poetas de la posguerra, deportistas como Nadal o Gasol o incluso cómo se hace una tortilla de patatas.
AESCO calificó como "impertinentes" las preguntas del juez, ya que consideraba que los expedientes de tramitación de nacionalidad ya cuentan con elementos objetivos suficientes para valorar el grado de integración social, tales como la historia laboral, el empadronamiento o la escolarización de los hijos. Sólo se puede iniciar el proceso tras haber residido más de 10 años en España. El Reglamento del Registro Civil, en su artículo 221, establece que el encargado del registro "oirá personalmente al peticionario, especialmente para comprobar el grado de adaptación a la cultura y estilo de vida españoles". Esa entrevista tiene, entre otras finalidades, según el TSJ, "evitar fraudes en la adquisición de la nacionalidad y comprobar la veracidad de las circunstancias que el peticionario debe mencionar en su solicitud (...) como información sobre estudios, actividades sociales o benéficas".
Por su parte, en la denuncia que la asociación presentó en los juzgados de Plaza de Castilla contra Celemín se asegura que el juez retrasa los expedientes de solicitud de nacionalidad y residencia y que los extranjeros en Getafe llegan a esperar hasta tres años para ver resuelto su expediente.
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