Prisa gana la batalla en los tribunales sobre la refinanciación de 2025
La sentencia asegura que la operación recurrida por Global Alconaba y Andrés Varela fue “favorable a la compañía” y “existía una urgencia real” para cerrarla


El juzgado de lo Mercantil número 18 de Madrid ha desestimado íntegramente la demanda contra el proceso de refinanciación llevado a cabo por Prisa a principios de 2025, que fue presentada por Global Alconaba y Andrés Varela Entrecanales, accionistas minoritarios de la compañía, y da la razón al grupo, que consideró dicha operación como esencial. Entre otros puntos, el acuerdo ampliaba los vencimientos de la deuda hasta 2029, lo que flexibilizaba la estructura financiera y mejoraba el coste medio de su deuda.
El nuevo marco contemplaba también el repago íntegro del tramo de deuda junior, de 40 millones de euros, para lo que se utilizaron los fondos obtenidos en el aumento de capital por el mismo importe, equivalente al 9,95% del capital social, realizado a finales de marzo del pasado año por Prisa, grupo editor de EL PAÍS.
La sentencia asegura: “El interés de la refinanciación era favorable a la mercantil, incluso con las limitaciones de control impuestas que no dejan de ser condiciones habituales en el mercado, existiendo además causa reactiva que las justificaba a fin de garantizar una estabilidad en la gestión y reducir el riesgo crediticio”. Además, se señala: “La refinanciación así pactada era la única opción viable para la mercantil antes de incurrir en una situación de going concern [que amenace el principio de empresa en funcionamiento] y fue el resultado de un periodo de múltiples negociaciones que comenzaron a explorarse ya en abril de 2024″.
En abril de 2025, Varela y Global Alconaba interpusieron una demanda para pedir que se declarara la nulidad de los acuerdos adoptados en la reunión del consejo de administración de Prisa del 25 de marzo de 2025, relativos a la refinanciación de la sociedad y al aumento de capital con exclusión del derecho de suscripción preferente. La sentencia desestima todas estas peticiones de lo demandantes y confirma la plena legalidad de los acuerdos adoptados por el consejo de administración.
El fallo da la razón a Prisa con el siguiente argumento: “No se ha constatado que las cláusulas respondan a un beneficio privado de control, el blindaje oportunista que se denuncia a costa de la sociedad. Al contrario, los términos financieros - acorde a las circunstancias del mercado -eran favorables a la compañía, existía una urgencia real para la mercantil de aplazar la deuda antes de junio de 2025, y se ha acreditado que los prestamistas se oponían a la nueva línea de negocio que apoyaba parte del accionariado minoritario”, en alusión a su propuesta de crear un canal de TDT. Además, subraya, la vicepresidenta del grupo, Pilar Gil, había informado al consejo de la negociación en abril de 2024.
La sentencia, que impone las costas a los demandantes, no es firme, ya que cabe presentar recurso de apelación.
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