Ir al contenido
_
_
_
_

Competencia rechaza un cambio clave que pedía Red Eléctrica para evitar otro apagón

La CNMC atiende la petición de las energéticas, que estaban en contra de esa modificación, y creará un grupo de trabajo para analizar los bruscos cambios de tensión de las últimas semanas

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado una resolución en la tarde de este lunes en la que atiende a las compañías eléctricas y rechaza de momento aprobar los cambios propuestos por Red Eléctrica para modificar de manera urgente el procedimiento de operación 7.4, clave para el control de tensión. El descontrol de la tensión estuvo en el origen del apagón del 28 de abril que dejó sin luz a la Península Ibérica. Red Eléctrica informó a finales de septiembre de que se estaban produciendo variaciones bruscas de tensión en el sistema eléctrico español, lo que podría “tener impacto en la seguridad del suministro”, un problema que achaca a las renovables, tal y como recoge la CNMC, y que podía generar un nuevo apagón, por lo que había pedido una serie de modificaciones en los procesos.

Las compañías dueñas de las centrales síncronas —una características que ofrecen las nucleares, el gas y la hidroeléctrica—, en manos fundamentalmente de Iberdrola, Endesa y Naturgy habían hecho alegaciones en las que alertaban de que dichos cambios propuestos por Red Eléctrica para evitar nuevos apagones no solucionarán el problema y por contra pueden deteriorar las máquinas de las centrales. La sala de supervisión regulatoria recoge el guante de las compañías y ha decidido que estos cambios se sometan a un análisis más profundo antes de tomar cualquier decisión. Lo que sí ha aprobado son cambios en los procedimientos de operación 3.1 del proceso de programación, 3.2 de las restricciones técnicas y 7.2 de la regulación secundaria.

“A la vista de estas alegaciones y de los análisis técnicos presentados y, en particular, las manifestaciones de los generadores síncronos respecto a la imposibilidad de cumplimiento de las obligaciones propuestas, así como el riesgo que ello podría suponer para la integridad de las máquinas generadoras o el propio sistema, de acuerdo con sus manifestaciones, esta Comisión considera que la modificación del PO7.4 requiere de un análisis más profundo por parte de todos los actores implicados, por lo que no procede su adopción de forma inmediata, en tanto no hayan sido analizadas convenientemente las evidencias aportadas por los sujetos en el trámite de audiencia y sus implicaciones”, concluye el regulador, que ha pedido a su vez que los grupos asíncronos (las renovables) aporten a dicho control de la tensión.

Tras el gran apagón de abril, las energéticas aprovecharon la situación para evitar el cierre de las centrales nucleares nacionales, establecido en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), que ofrecen un tipo de energía que da estabilidad al sistema, una característica de la que carecen renovables como la fotovoltaica o la eólica. La central nuclear que tiene su cierre más cercano es la de Almaraz, que con sus dos reactores produce el 7% de la energía eléctrica nacional. La clausura del reactor I está programada para noviembre de 2027 y la del II, para octubre de 2028.

La CNMC ha alertado, además, que los cambios podrían tener un coste añadido para el consumidor. Por ello, ha pedido que las medidas sean temporales, concretamente con una duración inicial de unos 30 días ampliables hasta los tres meses. “Las medidas solicitadas podrían tener un impacto significativo sobre los servicios de balance, restricciones y control de tensión, así como en las posibilidades de negociación de las instalaciones de producción en todos los mercados. En concreto, el endurecimiento de las condiciones de prestación de los servicios podría resultar en una reducción de la oferta y, con ella, de la competitividad en los mercados, y/o resultar en un incremento del coste soportado por la demanda”, ha indicado el ente regulador.

El Ministerio de Transición Ecológica ha agradecido a la CNMC que lance un plan de trabajo para analizar el comportamiento de las instalaciones “que actualmente deben prestar el servicio de control de tensión y para agilizar los procesos de habilitación de los sujetos que prestarán dicho servicio, de acuerdo con la revisión del PO 7.4, al objeto de implementar esta solución estructural para el control de tensión con la mayor celeridad posible”.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Rellena tu nombre y apellido para comentarcompletar datos

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_