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Bruselas abre expediente contra España por las normas con las que condiciona la opa del BBVA sobre el Sabadell

La Comisión cree ahora que dos normas españolas de hace una década no se ajustan al derecho comunitario

Carlos Torres, presidente del BBVA y el CEO  Onur Genç , en la sede de la entidad durante la presentación de resultados del banco
Manuel V. Gómez

El choque entre Bruselas y Madrid por la opa del BBVA y el Sabadell ha empezado oficialmente. Se veía venir desde finales de mayo y este jueves la Comisión Europea ha iniciado las hostilidades: ha abierto expediente a España porque considera que las normas utilizadas por el Gobierno, aprobadas y vigentes desde 2014 y 2015, no se ajustan al derecho de la Unión Europea. Cree ahora el Ejecutivo comunitario que las leyes españolas dan al Ministerio de Economía poderes discrecionales y sin límites para decidir sobre este tipo de operaciones corporativas y que, además, también socavan las competencias del Banco Central Europeo. Esta batalla no implica cambio alguno en la opa que hay en marcha ni en las condiciones que pesan sobre ella.

Los precedentes de este choque arrancan casi desde que lanzó la opa hostil por BBVA el 9 de mayo de 2024. Dos días después, un ciudadano español avisó a la Comisión de que la ley de entidades de crédito española, aprobada en diciembre de 2014 y el reglamento que la desarrolla, de febrero de 2015, chocaban con normas financieras de la UE y con los tratados, señalan fuentes comunitarias. Ante esto, Bruselas se puso en contacto con el Ministerio de Economía y comenzó un diálogo en el que no hubo acuerdo, como muestra el paso conocido este jueves y las reiteradas declaraciones del titular español de este departamento, Carlos Cuerpo, en sentido contrario.

“La Comisión considera que determinadas disposiciones de la ley bancaria española y de la ley de competencia española, que otorgan al Gobierno español poderes ilimitados para intervenir en las fusiones y adquisiciones de bancos, vulneran las competencias exclusivas del BCE y de los supervisores nacionales”, explica el comunicado de Bruselas. “También considera que esos amplios poderes discrecionales constituyen restricciones injustificadas a la libertad de establecimiento y de movimientos de capitales”.

El Ministerio de Economía, por su parte, ha respondido que “comunicará su respuesta en el plazo de dos meses” y que “seguirá cooperando constructivamente con las instituciones europeas para explicar y aclarar cualquier diferencia jurídica o técnica”.

En el fondo, lo que subyace tras la apertura de este procedimiento de infracción −nombre oficial de estos expedientes− es que la Comisión Europea está harta de que todos los Estados y sus Gobiernos hagan declaraciones en favor de la Unión Bancaria y de las entidades financieras deben ganar tamaño −sobre todo, a través de fusiones transfronterizas en el seno de la UE− y que cuando se ponen en marcha operaciones corporativas, las capitales pongan obstáculos. Esto ha pasado ahora en España con la opa de BBVA sobre el Sabadell, en Italia con el intento de compra de BPM por Unicredit o en Alemania cuando también Unicredit ha entrado con fuerza en el capital de Commerzbank.

Por eso, a finales de mayo, cuando el Ministerio de Economía tomó la decisión de llevar la opa al Consejo de Ministros, la Comisión hizo saber a través de fuentes no identificadas que estaba “estudiando la compatibilidad de las medidas del Gobierno español con el Derecho de la UE” y que si llegaba el caso no dudaría “en hacer uso de sus poderes como guardiana de los tratados”. El mensaje venía acompañado del repaso de todas las decisiones favorables que los diferentes órganos que tenían que pronunciarse sobre la operación, el BCE y el regulador español de Competencia, la CNMC, y un aviso: la Comisión esperaba que la decisión del Gobierno estuviera “alineada con las decisiones de las autoridades competentes”.

La reacción de Bruselas ha tenido que basarse en normas financieras como el reglamento de Mecanismo Único de Supervisión o la directiva de requisitos de capital, además del Tratado de Funcionamiento de la UE porque las nomas de Competencia no le dejaban margen. Tanto BBVA como Sabadell tienen en España más de dos tercios de su negocio en la Unión y eso dejaba en manos de las diferentes autoridades y normas españolas los exámenes de la operación. Por tanto, ha tenido que ser el departamento de la comisaria de Servicios Financieros, Maria Luís Albuquerque, y no el de la vicepresidenta y comisaria de Competencia, Teresa Ribera, el que ha dado el paso de abrir el procedimiento de infracción.

La comisaria portuguesa defiende que “los grandes jugadores pueden ofrecer mejores servicios a menor precio” y en esa línea apunta el comunicado de la Comisión: “Las consolidaciones en el sector bancario benefician a la economía de la UE en su conjunto y son esenciales para la realización de la Unión Bancaria. Estas fusiones también garantizan que el capital se asigne eficientemente en toda la UE y que los ciudadanos y las empresas tengan acceso a productos financieros a precios competitivos, objetivo clave de la Unión del Ahorro y la Inversión”. Este argumento está en línea con la idea dominante en muchos cenáculos financieros, pese a que implica la reducción de actores en los mercados y, por tanto, de competencia. La consecuencia de esto también supone remuneraciones menores para los depósitos de los ahorradores, algo que se vio con claridad en España, donde se ha dado un proceso considerable de concentración. Cuando el BCE subió los tipos de interés para luchar contra la inflación hace un par de años, las rentabilidades que pagaron los bancos eran menores que en otros países de la zona euro. Ante esto, los ahorradores españoles acudieron en masa a comprar deuda pública.

Tras el anuncio de la apertura del expediente, el Ministerio de Economía recibirá una carta de la Comisión pidiéndole que cambie las normas que, en su opinión, no se ajusta al derecho de la Unión. España tendrá dos meses para responder. Si la contestación no convence en Bruselas, el Ejecutivo comunitario remitirá un dictamen motivado dándole a Madrid un plazo de dos meses para subsanar la situación. Este periodo puede ser mayor si los cambios demandados son de envergadura. Si pasado ese tiempo no se ha arreglado el problema, la Comisión acude a los tribunales. La vía legal que ha elegido la Comisión puede acabar con una multa a España si perdiera el pleito.

Madrid es uno de los Estados miembro con más expedientes abiertos, 91, y también uno de los que más tiempo tarda en subsanar la situación cuando se trata de asuntos del mercado único, como señalan las cifras de la Comisión.

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Sobre la firma

Manuel V. Gómez
Es corresponsal en Bruselas. Ha desarrollado casi toda su carrera en la sección de Economía de EL PAÍS, donde se ha encargado entre 2008 y 2021 de seguir el mercado laboral español, el sistema de pensiones y el diálogo social. Licenciado en Historia por la Universitat de València, en 2006 cursó el master de periodismo UAM/EL PAÍS.
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