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Claves para la primera ola de calor en España: los derechos de los trabajadores y las multas a las que se enfrentan las empresas

Este sábado empieza la primera ola del calor del verano

Dos trabajadores se refrescan en la  madrileña Puerta del Sol, en agosto de 2023.
Emilio Sánchez Hidalgo

España encara desde este sábado la primera ola de calor del verano. Es un fenómeno temprano, ya que estas temperaturas tan extremas no suelen empezar en junio. La ola de calor complicará el día a día de muchos trabajadores empleados al aire libre o en recintos no climatizados, protegidos por normativa específica que ha sufrido cambios en los últimos años. Estas son algunas de las claves que conviene conocer a los empleados de sol a sol.

¿Qué marca la ley?

El Gobierno aprobó un cambio legal en mayo de 2023 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. El texto especifica que para los trabajos al aire libre “deberán tomarse medidas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo temperaturas extremas”. La mención concreta al calor por encima de lo normal fue una de las novedades reseñables.

“Las medidas a las que se refiere el apartado anterior”, continúa el texto, “derivarán de la evaluación de riesgos laborales, que tomará en consideración, además de los fenómenos mencionados, las características de la tarea que se desarrolle y las características personales o el estado biológico conocido de la persona trabajadora”. Es decir, el plan de riesgos laborales de la empresa debe establecer cómo se protege a los trabajadores de calle, y definir las diferencias en función de si es un empleado de 25 años u otro de 60 con problemas cardiovasculares.

¿Se prohíbe alguna actividad?

La normativa no incluye una lista específica de actividades que no se puedan llevar a cabo bajo calor extremo ni limita horas veraniegas a las que no se pueda trabajar. Lo que sí especifica es que los planes de prevención de riesgos laborales incluirán “la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos, en aquellos casos en que no pueda garantizarse de otro modo la debida protección de la persona trabajadora”.

¿Se establecen temperaturas máximas?

Sí. La normativa vigente establece límites máximos y mínimos de temperatura en interiores, así como las condiciones de ventilación y humedad relativa. La pauta para exteriores son los avisos de la Aemet o de los servicios meteorológicos autonómicos, cuando sean naranjas o rojos. Los umbrales no son los mismos en toda España, pero el naranja suele rondar entre los 37 y 40 grados y el rojo, entre los 40 y los 44.

¿El empleado puede negarse a trabajar con calor?

“El trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud”, establece la Ley de prevención de riesgos laborales. Es decir, el empleado podrá ausentarse si el calor entraña un riesgo grave e inminente, una categorización que depende de los planes de prevención específicos y de la normativa general vigente.

Si el empleador no interrumpe la actividad, la ley prevé lo siguiente: “Cuando el empresario no adopte o no permita la adopción de las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores, los representantes legales de éstos podrán acordar, por mayoría de sus miembros, la paralización de la actividad de los trabajadores afectados por dicho riesgo”.

¿Cuáles son las posibles sanciones a empresas?

No contar con un plan de prevención, incumplirlo o que no esté elaborado correctamente puede acarrear sanciones económicas a la empresa: la infracción grave es de 2.451 euros a 49.180 y la muy grave de 49.181 a 983.736.

¿Hay especial vigilancia con el inicio del verano?

Sí. La Inspección de Trabajo anunció el 11 de junio que iba a intensificar su vigilancia sobre las empresas para garantizar que estas cumplen con la normativa de prevención de riesgos climáticos en la campaña de verano que ahora comienza. Los pasados 9 y 10 de junio este organismo envió más de 112.000 comunicaciones a empresas de sectores como la agricultura, la construcción y la hostelería, con mayores riesgos de estrés térmico, y susceptibles de poder cometer irregularidades con la prevención de riesgos climáticos.

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Sobre la firma

Emilio Sánchez Hidalgo
Redactor de Economía. Empezó su trayectoria en EL PAÍS en 2016 en Verne y se incorporó a Sociedad con el estallido del coronavirus, en 2020. Ha cubierto la erupción en La Palma y ha participado en la investigación de la pederastia en la Iglesia. Antes trabajó en la Cadena SER, en el diario AS y en medios locales de su ciudad, Alcalá de Henares.
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