La UE permite a los estancos importar tabaco
Una sentencia abre la puerta a que se puedan vender nuevos cigarrillos


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró hoy ilegal la normativa española que prohíbe a los estancos importar tabaco. La justicia europea considera que España infringía con su legislación el principio de libre circulación de mercancías. Para el tribunal, la ley española no estaba justificada por la necesidad de garantizar el control fiscal y sanitario ni por la protección de la salud pública.
La Corte, con sede en Luxemburgo, responde así a una consulta del Supremo, que debe responder a un recurso presentado por la patronal de los estanqueros contra el real decreto que establecía esas condiciones. La sentencia da la razón a la Asociación Nacional de Expendedores de Tabaco y Timbre, que elevó la consulta hasta el tribunal de Luxemburgo para saber si la norma española se ajustaba a las exigencias de la UE.
La presidenta de Empresarios Comerciales del Tabaco (ECOT), María Isabel González, ha recordado que el litigio se dilata desde 2007, cuando el Tribunal Supremo español consideró que “podríamos tener razón” y consultó la prohibición de las importaciones españolas a la corte europea de Luxemburgo que ahora les da la razón, lo que podría abrir la puerta a que puedan importar y distribuir nuevos productos.
En su fallo, el tribunal considera que la libre circulación de mercancías —uno de los principios básicos de la Unión— “se contrapone a una normativa nacional como la española”. Esa legislación obstaculizaba el acceso al mercado español del tabaco procedente de otros Estados miembros de la UE, de manera que obligaba a los estancos a abastecerse en los mayoristas autorizados.
Como ejemplo, la corte señala que la situación actual impedía a un minorista vender productos procedentes de otro Estado en una zona fronteriza, o impedía vender productos que no estuvieran incluidos en la gama ofrecida por los mayoristas españoles.
Los jueces recuerdan, además, que las justificaciones que aportó España para sustentar el real decreto (garantizar un control fiscal y aduanero de las labores del tabaco, en las que hay una bolsa de fraude notable, y asegurar el control sanitario) no son suficientes.
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