Hacienda envía 140.000 borradores de la renta erróneos
Un fallo en el cálculo de la deducción de 400 euros puede cambiar el signo de la declaración de la renta
La Agencia Tributaria ha enviado un total de 140.000 borradores del IRPF erróneos, que dan un resultado favorable para el contribuyente debido al cálculo realizado por Hacienda sobre la deducción de los 400 euros, según han informado en fuentes de este organismo. Las mismas fuentes indicaron que el error se debe a la equivocación de una de las variables que usa la Agencia Tributaria para realizar el cálculo de la deducción de los 400 euros, introducida este año por primera vez.
Así, los contribuyentes que no recibieran el pasado año esta deducción a través de sus nóminas -200 euros en junio y los otros 200 prorrateados entre julio y diciembre-, deben practicarse la misma en la declaración de la renta que se realice este año.
Fuentes de la Agencia Tributaria indicaron que de estos 140.000 borradores erróneos, 2.600 han sido ya confirmados por los contribuyentes, por lo que el organismo se va a poner en contacto con ellos para explicarles lo sucedido y enviarles una liquidación alternativa con el resultado a devolver o ingresar correcto. El resto, una vez detectado el fallo, ya no se pueden confirmar y los contribuyentes recibirán a finales de esta semana o la próxima un nuevo borrador de la Agencia Tributaria con el error ya subsanado.
El porcentaje de borradores erróneos apenas suponen el 2,5% del total de los enviados por la Agencia Tributaria, que alcanzan los casi 5 millones.
Los borradores se puede confirmar desde el pasado 1 de abril y las primeras devoluciones comenzarán el 16 de este mismo mes. Este año, como novedad, y precisamente para evitar la confirmación de borradores que adolecen de falta de datos con relevancia fiscal o contienen errores como ha sucedido otros años, la Agencia Tributaria ha incluido en las cartas que acompañan al borrador algunas de las circunstancias que pueden no recogerse en el mismo para que el contribuyente las tenga en cuenta a la hora de modificarlo.
Las que pueden ser más habituales son cuotas sindicales, circunstancias personales y familiares que hayan cambiado y temas relacionados con la vivienda, como la referencia catastral, la adquisición, el alquiler o la cuenta ahorro vivienda. Por ello, la Agencia Tributaria recalca que es preciso revisar el borrador puesto que puede contener errores u omisiones que pueden dar lugar a un resultado diferente.
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