Anulación de lista
La falta de pruebas del auto del Supremo ofrece un flanco débil ante Estrasburgo
Por primera vez, la anulación de una candidatura electoral sospechosa de ser una tapadera de Batasuna no ha contado con el apoyo unánime de los 16 miembros de la sala del Supremo competente. Aunque renunciaron a presentar votos particulares, cinco magistrados estuvieron en contra de la anulación de la lista presentada por Iniciativa Internacionalista-Solidaridad entre los Pueblos (II-SP) para las elecciones europeas. Se comprende su reticencia a la vista del escaso peso de los indicios y pruebas recogidos en el auto.
La Ley de Partidos establece una serie de factores a analizar para determinar si una determinada candidatura oculta la de la formación ilegal: la similitud organizativa entre ambas, la coincidencia de personas, la existencia de fuentes comunes de financiación, su disposición a apoyar la violencia, etcétera. Esto es relativamente fácil de probar cuando se trata de un partido o plataforma electoral creados para la ocasión. Pero es más difícil cuando se trata de un partido legal preexistente del que se sospecha que haya podido ser utilizado por el ilegal para burlar su prohibición.
Fue el caso de ANV y lo es ahora de II-SP. Hay que probar con documentación, grabaciones, testimonios, la existencia de concertación entre ambas formaciones y la voluntad de la legal de colaborar con la ilegal para seguir actuando como apoyo o complemento de ETA. Sin embargo, el auto se limita a constatar la intención de Batasuna de concurrir a las elecciones y la presencia al frente de la lista de una persona, Alfonso Sastre, con vinculaciones con el mundo de Batasuna. Hay una gran desproporción entre una resolución grave, que afecta a derechos políticos (el de sufragio pasivo), y lo ligero de unos indicios no sustentados en material probatorio suficiente.
La negativa de los promotores a distanciarse expresamente de los métodos de ETA, sabiendo que hacerlo es considerado por el Constitucional un fuerte contraindicio de connivencia con el terrorismo, abona la convicción moral de que existe una vinculación con Batasuna. Pero apostar por la firmeza del Estado de derecho implica aceptar las limitaciones que impone la propia legalidad. No basta con la convicción moral: hacen falta pruebas o indicios solventes. Si no los hay, se descubre un flanco que los expertos del frente jurídico de Batasuna no dejarán de utilizar con vista al recurso contra la Ley de Partidos planteado ante el Tribunal de Estrasburgo.
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