Una cadena de errores policiales deja libres a ocho acusados por tráfico de drogas
Los Mossos vulneraron "derechos fundamentales" en el registro de un piso

La Audiencia de Barcelona se ha visto obligada a absolver a ocho personas acusadas de tráfico de drogas por una cadena de errores que cometieron los Mossos d'Esquadra. La sentencia razona que las pruebas halladas contra los acusados (ciertas dosis de metanfetamina cristalina) son "nulas" porque la policía autonómica vulneró "derechos fundamentales" en el registro del domicilio donde las halló. Los agentes, además, no custodiaron la sustancia de forma correcta, de modo que no se pudo saber qué cantidad de cristal poseía cada acusado y, por tanto, aclarar si éste era traficante o sólo consumidor.
La actuación policial se desarrolló en la primavera de 2007. Los Mossos sospechaban que en un bar y en dos pisos del Raval de Barcelona se traficaba con drogas. En una de las jornadas de vigilancia, los mossos incautaron seis bolsas con metanfetamina a Alberto J., que a la postre ha sido el único condenado por el tribunal: pasará los próximos cuatro años y medio en la cárcel. El resto de implicados, que estaban en libertad con cargos, han sido absueltos. Siete son filipinos y uno, español.
La sentencia dice que la sustancia no fue custodiada de forma correcta
Avanzada la investigación, los agentes pidieron al juez autorización para irrumpir en los locales. Les fue concedida. El problema llegó cuando, en un piso de la calle Nou de la Rambla, fueron recibidos por Rowena P. La mujer vivía de alquiler en una habitación, que la Audiencia considera "un domicilio independiente". "Cada habitación constituye, de forma individualizada, el domicilio de la persona que la ocupa. Se trata de lo que vulgarmente se conoce como un piso patera", razona la sentencia, a la que ha tenido acceso este diario.
Los Mossos, por tanto, no debieron entrar en el minipiso de Rowena: la mujer no dio su permiso para ello. Lo correcto habría sido "paralizar inmediatamente" la acción y solicitar una nueva orden al juzgado. Más aún: los agentes tendrían que haberse dado cuenta de que la habitación era una vivienda, ya que había un candado -los agentes rompieron la puerta de una patada- y contaba con electrodomésticos "para desarrollar el máximo de vida privada en su interior".
En conclusión: los Mossos "conculcaron el derecho a la intimidad" de Rowena y, por tanto, todo lo que hallaron en su piso está "viciado de nulidad". Tras el registro, la policía interceptó un paquete con 68,7 gramos de metanfetamina, pero ese material no debe tomarse como prueba. El cristal -también llamado shabú, batu, ice o fuego- es una droga sintética que se fuma y que, a corto plazo, causa agresividad y paranoia. Es relativamente nueva en Europa: la comunidad filipina es su principal consumidora. La dosis mínima, de 0,100 gramos, vale unos 50 euros en el mercado negro.
Los errores policiales no acaban en el registro. Otros acusados han sido absueltos de un delito contra la salud pública porque la droga no se custodió correctamente. "La cadena de custodia y análisis de la droga, se desconoce por qué motivo, se ha roto", dice la sentencia. En otras palabras: sí constan las incautaciones de cristal, pero no qué cantidad se incautó a cada persona. Sin ese dato básico, el tribunal no puede decidir quién pretendía distribuir la droga y quién la usaba para consumo propio.
El tribunal señala que se llegó a analizar un comprimido de MDMA, al que no se hace referencia en el atestado policial. Es "inexplicable", según la sentencia, "que esta sustancia se haya pasado por alto, lo que evidencia el escaso control de la cadena de custodia". Lo único que queda, pues, son "pipas para fumar, papel de aluminio, bolsas termoselladas y balanzas de precisión" encontradas en el bar del Raval. Pero todo eso resulta "insuficiente" para firmar una condena.
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