Un juez considera que el "monopolio probatorio" a favor de la SGAE perjudica a los locales que emiten música
La demanda reclamaba 761,98 euros por comunicación pública de música en un local abierto al público, pero el juez ha rebajado la cuantía, tras establecer un prorrateo, a 130,09 euros. La demandante era la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE). El demandado, el pub Espiral Pop, cuya defensa probó que no todos los autores reproducidos en el local madrileño eran administrados por la gestora de derechos de autor.
El juez no cuestiona la legitimación de la SGAE para reclamar, pero sí que se haya caído "jurisprudencialmente en un monopolio probatorio en favor de la entidad que conduce en muchas ocasiones a condenar a los demandados por el simple hecho de que no acrediten que reproducen autores no protegidos por aquellos (...). Esta inversión de la carga probatoria (...) determina que cuando acciona la SGAE, o está acreditada la autorización [para reproducir música en local abierto al público], o sólo cabe el resarcimiento". Es decir, que, por defecto, se asume que toda la música emitida en locales (bares, restaurantes, salas de baile o consultas de médicos con hilo musical) es gestionada por la SGAE y se obliga a pagar la tarifa establecida, que se fija
según el tipo de actividad del establecimiento y sus metros cuadrados de superficie y se paga por temporadas.
Ahora, prosigue la sentencia, con "un auténtico cambio de paradigma en la defensa de los derechos de autor musicales" en los que unos se acogen al copyright y otros al copyleft, "la defensa ha demostrado que no todos los autores emitidos en Espiral Pop son gestionados por la entidad", estima la demanda parcialmente y reduce la cuantía a pagar por copyright estableciendo un sistema de prorrateo.
La defensa de Espiral Pop cree que a partir de ahora "la SGAE deberá demostrar a qué autores gestiona para reclamar la comunicación pública".
Sin embargo, la sentencia no es firme. La SGAE asegura que como el fallo "se aparta de la línea jurisprudencial mayoritaria" recurrirá la sentencia.
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