La CNMV vigilará en caso de OPA las participaciones del 1% del capital
Los inversores deberán informar de las tomas de posición con derivados

La Bolsa es desde ahora más transparente. El nuevo decreto de participaciones significativas entró ayer en vigor. Con él, los accionistas van a estar obligados a declarar las participaciones que superen el 3% de los derechos de voto (frente al actual 5% del capital).
Además, la letra pequeña del decreto exige declarar a la CNMV los paquetes del 1% en caso de oferta pública de adquisición (OPA) y las tomas de posición a través de derivados, como los que tiene ACS en Iberdrola.
Habrá que declarar variaciones del 1% en derechos de voto después de la oferta
El Gobierno considera que una situación de OPA justifica un aumento de la transparencia. Por eso, el decreto que entra hoy en vigor establece que "a partir del anuncio de la oferta pública de adquisición hasta la liquidación o retirada de la misma" se declaren las variaciones del 1% de los derechos de voto en la sociedad afectada. La norma añade que la Comisión Nacional del Mercado de Valores "difundirá dicha información inmediatamente".
Otros mercados, como la Bolsa de Londres, ya tienen normas similares que permiten rápidamente sacar una fotografía del accionariado en caso de OPA. Al tiempo, esa obligación de declarar dificulta maniobras de obstrucción o tomas de posición encubiertas. También se reduce al 1% la obligación de declarar para inversores domiciliados en algún paraíso fiscal.
La norma general obliga a que se notifiquen tanto a la empresa como a la CNMV las operaciones cuando hagan que la proporción de derechos de voto "alcance, supere o se reduzca por debajo de los umbrales" del 3%, del 5%, 10%, 15%, 20%, 25%, 30%, 35%, 40%, 45%, 50%, 60%, 70%, 75%, 80% y 90%. La parte más novedosa es la que obliga a salir a la luz las participaciones entre el 3% y el 5%. La norma da a quienes ya tengan esa participación 15 días para declararla.
En ese mismo plazo deberán también declararse los instrumentos financieros que confieran el derecho a adquirir acciones, tales como opciones, futuros, swaps y otros derivados. Esos derivados se han usado desde hace años, pero ganaron actualidad después de que Enel y Acciona los emplearan para sortear la necesidad de autorización de la Comisión Nacional de la Energía para invertir en Endesa. También ACS contrató derivados sobre un paquete de Iberdrola adicional al que ya posee, pero una vez lograda la autorización no ha llegado a dar el paso de comprar las acciones.
Con la nueva norma, que sustituye a un decreto de 1991, los consejeros de las empresas cotizadas seguirán obligados a declarar todas sus operaciones. Como en el caso de los otros accionistas significativos, se acorta el plazo en que han de declararlo, hasta cuatro días hábiles bursátiles. Sin embargo, y a diferencia de otros mercados en que lo declarado se difunde al mercado de inmediato, la CNMV dispondrá de un plazo de otros tres días de Bolsa para hacer públicas esas notificaciones.
El decreto también aumenta la publicidad sobre las operaciones de autocartera. Las empresas deberán declarar las operaciones cuando la compra de acciones propias sume un 1% de los derechos de voto, sin descontar a estos efectos las posibles ventas. La gran novedad es que, llegado ese punto, la empresa deberá notificar todas las operaciones de compra y de venta de autocartera, indicando el precio al que se han realizado.

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