Multa de 126.000 euros por contratar a 26 inmigrantes 'sin papeles'
Un tribunal ha confirmado una condena previa fijada en la suma de 126.212,81 euros a una empresa que contrató a 26 inmigrantes que carecían de permiso de trabajo para la recogida de productos agrícolas.
La sección tercera de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana desestima así el recurso interpuesto por la empresa contra las resoluciones dictadas tanto por el subdelegado del Gobierno en Alicante del 16 de agosto de 2002 como la estimada por el delegado del Gobierno en la Comunitat, del 1 de julio de 2003. La mercantil alegaba en el recurso la falta de tipificación de la conducta de los trabajadores sancionados y la necesidad de efectuar las contrataciones ante la perentoriedad del producto y la ausencia de trabajadores legalizados dispuestos a trabajar.
En la sentencia se rechazan estas alegaciones puesto que está tipificado como una infracción muy grave el hecho de que los empresarios "utilicen trabajadores extranjeros sin haber obtenido con carácter previo el preceptivo permiso de trabajo, o su renovación". Y esta conducta es la que realizó la empresa recurrente. Asimismo, la sala de lo contencioso administrativo del TSJ considera que "no hay causa que justifique la disminución de las sanciones impuestas" ya que la empresa no ha acreditado una situación de necesidad, tanto por la naturaleza del producto agrario objeto de recolección como por la inexistencia de un número suficiente de trabajadores españoles o extranjeros con permiso de trabajo dispuesto a aceptar la oferta de la mercantil.
Respecto a la quiebra del principio de tipicidad, la sentencia indica que no se produce en este caso puesto que la contratación de determinados trabajadores extranjeros sin permiso de trabajo tiene su apoyo en la normativa existente en la fecha de contratación de los mismos, diferente en cada supuesto y con agravación de las sanciones en la legislación vigente en las últimas contrataciones.
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