La Audiencia Provincial ve indicios de delito en el caso del 'ácido bórico'
Desestimada la petición del fiscal para sobreseer las diligencias
La Audiencia de Madrid considera que "existen indicios sólidos de la comisión de hechos punibles" en la actuación de los jefes policiales implicados en el caso del ácido bórico. En un auto notificado ayer, la Audiencia desestima el sobreseimiento del caso y confirma la conclusión de las diligencias decretada por la juez Gemma Gallego y la conversión de las mismas en un procedimiento abreviado, paso previo al juicio por falsedad documental.
El caso del ácido bórico se produce al saltar a la luz que los jefes de la policía científica habían obviado un informe firmado por tres de sus subordinados (tres peritos policiales) que ponían de manifiesto el hallazgo de esta sustancia matacucarachas en el piso de Hassan El Haski, implicado en el 11-M, y en el de dos etarras detenidos años antes en Salamanca.
Los jefes policiales hicieron otro informe y omitieron el detalle del ácido bórico por considerarlo irrelevante para la investigación del 11-M. Mientras, el juez Baltasar Garzón investigó este caso y terminó imputando por falsedad a los tres peritos; la juez Gallego hizo lo mismo, pero concluyó que los acusados no debían ser los peritos, sino sus jefes. Por ello, el pasado mes de enero abrió contra ellos un procedimiento abreviado, lo que significa que ve delito en la actuación de los jefes policiales. Todas las partes recurrieron ese auto ante la Audiencia de Madrid.
La Sección Tercera de la Audiencia da la razón a la juez en los pasos que ha dado hasta el momento: cierre de las pesquisas y conversión de las diligencias en un procedimiento abreviado. Los abogados de los jefes policiales, la fiscalía de Madrid y la acusación particular pidieron a la Audiencia el sobreseimiento del caso por inexistencia de delito. El abogado de la acción popular, que encarna una asociación de víctimas que patrocina la presidenta de Madrid, Esperanza Aguirre, también recurrió y pidió que se validase la actuación de la juez de encauzar el caso como procedimiento abreviado.
Falsedad documental
Sin prejuzgar el caso, el tribunal ha entendido que la decisión de la juez Gallego se ajusta a derecho y que, por tanto, puede continuar los trámites del procedimiento abreviado, antesala del juicio oral. Antes de que la Audiencia resolviese los recursos, la juez dio por buena su decisión y siguió los pasos del procedimiento abreviado; es decir, pidió a las partes que solicitarán el sobreseimiento del caso o bien que presentaran acusación.
Todas las partes -salvo la asociación que patrocina Aguirre, que reclama la pena de banquillo para los jefes policiales- pidieron el sobreseimiento de la causa. Hecho esto y tras la decisión de la Audiencia, la juez tiene ahora que decidir si decreta o no la apertura del juicio oral. La fiscalía de Madrid, basándose en una resolución de la Audiencia Nacional, esgrime que legalmente no puede hacerlo porque se lo impide el artículo 782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que dice que para poder decretar el juicio oral deben pedirlo la fiscalía, que no lo pide, o la acusación particular, representada por la Abogacía del Estado, que tampoco lo pide.
Fuentes jurídicas no descartan que la juez, que tuvo que anular parte de su actuación porque se saltó los plazos a la hora de abrir el procedimiento abreviado, decida sentar en el banquillo a los jefes policiales y que sea la Audiencia la que resuelva este asunto como cuestión previa al inicio del juicio.
Los acusados en este proceso son el comisario general de la Policía Científica, Miguel Ángel Santano; el secretario general de esta Comisaría, Pedro Luis Mélida; el jefe de la Unidad de Análisis, José Andradas; y el jefe de Sección de esta Unidad, Francisco Ramírez.
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