Condenado después de ser absuelto
El Tribunal Supremo ha concedido recientemente autorización para revisar la condena de Ricardo Puente Rodríguez, un ciudadano republicano que dirigió hasta noviembre de 1936 una emisora de radio en Málaga, que fue absuelto de adhesión a la rebelión ese año por no haberse comprobado que hiciera "propaganda roja" y que fue condenado a muerte en 1937 por la propaganda hecha antes y después del alzamiento desde la estación de radio y una supuesta suscripción que defendió a favor de la defensa de Madrid.
Ricardo Puente perteneció a Acción Republicana y después a Izquierda Republicana.
Los magistrados del Tribunal Supremo que han deliberado sobre este caso han considerado que de la narración de los hechos no ha quedado claro que no fuera juzgado dos veces por los mismos hechos, ni por qué fue absuelto en 1936 y condenado sólo un año después, en 1937.
Se trata de la segunda revisión de una condena que autoriza a interponer el Tribunal Supremo, un recurso sumamente formal y que muy rara vez prospera. El propio Tribunal Supremo condena la autorización para recurrir "sin prejuzgar el resultado final del proceso de revisión", que en los últimos años sólo ha prosperado en casos de sentencias contradictorias sobre los mismos hechos.
El fiscal de lo militar del Tribunal Supremo, Fernando Herrero Tejedor, apoyó la autorización para interponer el recurso, tras examinar los documentos originales de los dos consejos de guerra que se siguieron a Ricardo Puente. La Sala Quinta de lo Militar que decidió sobre este caso siguió el criterio defendido por el fiscal.
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