Un tribunal anula un arresto de 40 días a un comandante

El Tribunal Militar Central ha anulado el arresto de 40 días impuesto al comandante del Ejército del Aire Juan Manuel Riesgo, como autor de una supuesta falta disciplinaria grave consistente en "hacer manifestaciones contrarias a la disciplina". El comandante Riesgo, que conocía al jefe del Estado Mayor de la Defensa (Jemad), Félix Sanz, por haber coincido ambos en un grupo de trabajo del Instituto Español de Estudios Estratégicos (IEES), le remitió una carta en la que, además de felicitarle por su nombramiento, se quejaba de la gestión del director del Museo del Aire, el general Luis Castañón.
La carta privada fue leída por el jefe del Gabinete del Jemad, consuegro a su vez del general Castañón, quien estimó que contenía expresiones ofensivas hacia su pariente, por lo que la remitió a la asesoría jurídica, iniciándose un expediente que concluyó con el arresto disciplinario del comandante.
La sentencia del Tribunal Militar Central, firmada el pasado 12 de julio, señala que el hecho de que en el expediente disciplinario intervinieran dos instructores conculca el derecho constitucional a un proceso con todas las garantías.
"Tal actuación de dos instructores de forma alternativa e, incluso, indistinta, como pone de manifiesto la actuación de ambos en una misma fecha", supone una infracción de la ley, a juicio del tribunal, y lleva a que, al menos, "una de las actuaciones sustantivas del procedimiento, como han sido las declaraciones del expedientado y el pliego de cargos, sea nula de pleno derecho".
Además, explica la sentencia, uno de los instructores elevó un parte en contra del comandante quien. durante la notificación del pliego de cargos, le habría dicho: "Tu estás manipulado [...] A ti te están obligando a hacer esto por presiones de alguien muy importante".
Indemnización
Tras la presentación de este parte, en el que se atribuía al comandante una falta leve de respeto, el instructor debió haberse abstenido de seguir con el procedimiento, del que se acabó retirando, pero sólo después de dictar otra providencia en la que denegaba todos los testigos solicitados por Riesgo.
El tribunal señala que "el vicio de nulidad afecta a la totalidad del expediente", ya que todas las resoluciones posteriores a la denegación de pruebas "fueron dictadas prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legal establecido".
En consecuencia, declara que el comandante "estuvo indebidamente privado de libertad" y su derecho a ser indemnizado por el mes y diez días que estuvo arrestado con una cantidad a determinar en el procedimiento de ejecución de la sentencia, una vez que sea firme.
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