El PP esgrime la falta de precedente para dar voz y voto a Tamayo
El tránsfuga del PSOE y portavoz del Grupo Mixto en la Asamblea de Madrid, Eduardo Tamayo, pudo votar y expresar sus opiniones en el pleno donde se debatieron ayer las conclusiones de la comisión que precisamente investigaba su deserción junto a la también ex socialista María Teresa Sáez.
El PP, con su mayoría en la Mesa de la Cámara, dio por bueno un tercer informe jurídico para tomar esta decisión. Anteriormente, los servicios jurídicos de la Cámara habían redactado otro informe en el que taxativamente excluían a Tamayo y Sáez no sólo de los trabajos de la Comisión de Investigación, sino también su "derecho de participación en la sesión plenaria que analice y vote las conclusiones".
Según fuentes de la Mesa este nuevo informe jurídico en el que se ha basado el PP para permitir la presencia y el voto de los tránsfugas en el pleno "no ha encontrado precedentes de la limitación del derecho de un diputado a participar en una sesión plenaria". Así mismo, según estas fuentes, este informe concluye también que "no existe precedente, tampoco para limitar el derecho de representación a un grupo parlamentario".
Así, la Mesa de la Asamblea, con la mayoría del PP esgrimió "razones de legalidad" para permitir la presencia de Tamayo y Sáez en el Pleno. En primer lugar porque el artículo 16 del Reglamento de la Asamblea de Madrid estipula el derecho de todos los diputados a asistir a los plenos con voz y voto. Según este acuerdo de la Mesa, imponer una restricción a este derecho supondría la violación del artículo 23.3 de la Constitución Española que recoge el derecho de los ciudadanos a ejercer cargos públicos en igualdad.
Derecho constitucional
Según responsables del PP esta decisión es necesaria puesto que "al vulnerarse un derecho constitucional, la decisión de dejar fuera a Tamayo y Sáez del Pleno podría ser recurrida en Amparo ante el Tribunal Constitucional" por los afectados.
Este acuerdo de la Mesa, votado en contra por PSOE e IU, esgrime también sentencias del Tribunal Constitucional, en especial la STC 161/1988 en la que se afirma que el derecho de participación "ha de realizarse necesariamente en el marco establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía y, desde luego, su ejercicio no puede ser restringido por motivos de oportunidad o conveniencia política".
La portavoz adjunta del PSOE, Helena Almazán, asegura que "este nuevo informe jurídico no se posiciona en si Tamayo y Sáez debían estar o no en el pleno. Simplemente expone que no ha encontrado ningún precedente". Para el PSOE, el primer informe, firmado por el jefe de los letrados de la Cámara, bastaba para excluir a los tránsfugas. "El PP no sólo se ha construido una comisión a medida, también cae en el absurdo de dejar a los tránsfugas fuera de la comisión, pero les permite que decidan sobre el dictamen".
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