Pena de siete años para una niñera que abusó del menor al que cuidaba
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a siete años de prisión a Evilia A. C., una niñera de 34 años que abusó sexualmente durante seis años del menor al que cuidaba, que actualmente tiene 26 años y al que la procesada agredió desde que tenía 11 y hasta que cumplió 17, entre 1988 y 1994. Así lo acuerda una sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia madrileña, que considera a Evilia autora de un delito continuado de abuso sexual y le impone también el pago de una indemnización de 42.000 euros a la víctima.
Además, el tribunal inhabilita a la acusada para el ejercicio de la profesión de empleada del hogar o cuidadora de menores, así como para trabajar con niños, tanto en instituciones públicas como privadas, durante el tiempo de la condena.
Los abusos comenzaron en el verano de 1988, cuando la imputada, que trabajaba como empleada del hogar de la familia del denunciante, se metió en varias ocasiones en la cama del chico, que entonces tenía 11 años. Tras besarle, lo llevaba a su habitación y allí se quitaba la ropa y obligaba al chaval a que le acariciara los pechos, al tiempo que ella le realizaba tocamientos por todo el cuerpo.
Desde junio de 1989, cuando la víctima tenía 12 años -y hasta que cumplió los 17-, la procesada realizó el acto sexual con el menor con una periodicidad de dos o tres veces a la semana. Evilia entraba en la habitación del muchacho, le despojaba de la ropa que llevaba y le obligaba a realizar el coito. Según la abogada del niño, Nieves Fernández Pérez-Ravelo-que solicitó nueve años de cárcel para la imputada-, la penada se aprovechó de su cargo de cuidadora y de las ausencias de la madre del hogar por motivos de trabajo.
Charlas sexuales
La letrada señaló que, entre 1988 y 1994, Evilia, tras someter al niño a numerosas charlas de contenido sexual en las que le explicaba la posición en la que tenía que ponerse para hacer el amor, accedió carnalmente al adolescente cada tres días y hacia las nueve de la mañana, después de que la madre hubiera abandonado el domicilio para acudir a su puesto de trabajo.
En enero de 1989 el menor sufrió una operación de fimosis y la imputada se enfadó enérgicamente, pues el niño se negaba a tener contactos sexuales debido al dolor que sentía. En algunas ocasiones, la niñera le obligaba a mantener relaciones a las siete de la mañana y en el interior de la ducha, según el relato de la abogada. La Sala admitió la versión de la víctima y la de los testigos que depusieron en la vista oral, y otorgó "total credibilidad" a los hechos expuestos, según indicaron las fuentes informantes.
Éstas añadieron que uno de los tres magistrados encargados de enjuiciar el caso emitió un voto particular solicitando que se rebajase en un grado la pena impuesta a la acusada por dilaciones indebidas (retraso en el proceso judicial).
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