Una orden de alejamiento que sólo se cumplió en el tramo final
La orden escrita dada por las autoridades españolas a la Smit Tak, firma rescatadora del Prestige, en la noche del 14 de noviembre para alejar el barco a "nunca menos de 120 millas náuticas de las aguas jurisdiccionales españolas" (sin fijar rumbo en la orden) nació para ser incumplida. Sólo en su jornada previa al hundimiento, en la mañana del 19 de noviembre, el barco cumplió tal requisito. El resto del tiempo, fuera por problemas fingidos o reales del Prestige y de sus remolcadores, siempre estuvo dentro de la zona prohibida. En tal tolerancia extraoficial pesó un elemento: si se exigía lo escrito, los helicópteros de salvamento españoles no podrían actuar sobre el Prestige en caso de emergencia, ya que estarían fuera de su área de alcance, según funcionarios de la administración marítima. La fiscal se atiene a que la orden planteaba que "este trayecto estará escoltado por buques de la Armada española que impedirán su acceso dentro de las 120 millas mencionadas", y por ello ha pedido sin éxito al juez que exija las ordenes que se dieron a las fragatas al ver que se incumplía la orden y que testifiquen sus capitanes. El documento comprometía el apoyo de un buque para un eventual trasvase, pero esto nunca se intentó. La fiscal ha logrado que el juez apoye su petición de que se aclare si era viable el trasvase y si hubo en la zona algún buque susceptible de tal tarea.
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