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Anulada una multa por falta de precisiones

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco sostiene en una sentencia que del estacionamiento de un turismo en "un sitio reservado a motos" no se deducen "graves perturbaciones a la circulación", si en la denuncia no se recoge "el número de estacionamientos ocupados y si los restantes, si los hubiera, estaban ocupados, impidiendo la parada de otras motos". Por ello se condena al Ayuntamiento de Bilbao a devolver a un conductor las 8.825 pesetas abonadas a la grúa municipal tras la retirada de su vehículo en 1995.-

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