El Constitucional rechaza un recurso del PP sobre el poder judicial
El pleno del Tribunal Constitucional desestimó ayer un recurso de inconstitucionalidad, promovido en 1995 por más de 50 diputados del PP, contra la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobada en 1994. La sentencia declara constitucionales los preceptos impugnados, en los que se reconocen competencias al Gobierno y a las comunidades autónomas en materias de justicia tales como personal, horarios y reglamentos, así como se da validez a las actuaciones judiciales en las lenguas cooficiales.La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Guillermo Jiménez, reafirma la jurisprudencia del Tribunal sobre las competencias del Ejecutivo central y los autonómicos en materia de Administración de Justicia y avala que, según la ley impugnada, los jueces y magistrados "puedan y deban ordenar la traducción de un escrito o documento redactado en una lengua oficial autonómica cuando ello sea necesario para cumplir la función jurisdiccional".
Vicente Conde y Rafael Mendizábal -al que se adhiere Manuel Jiménez de Parga- discrepan de los nueve magistrados de la mayoría y coinciden con el PP, al estimar inconstitucional la atribución de competencias sobre Justicia a órganos ajenos al Consejo General del Poder Judicial.
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