Los jueces sentencian que la Ertzaintza vulneró el derecho a la igualdad en el Alarde de Hondarribia Los agentes impidieron en 1998 que la compañía mixta se sumara a este desfile festivo
La Sala de Lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dictado una sentencia en la que estima que la Ertzaintza vulneró el derecho constitucional de la igualdad de sexos el 8 de septiembre de 1998, cuando un cordón policial impidió que la compañía mixta Jaizkibel se sumara al Alarde, el acto más destacado de las fiestas de Hondarribia. Este fallo tercia de nuevo en la polémica que enfrenta a los defensores y detractores de que las mujeres puedan participar en los desfiles de las fiestas de Irún y Hondarribia en las mismas condiciones que los hombres.
El conflicto ciudadano ha hecho necesaria la presencia policial en las cuatro últimas ediciones. En 1998, la compañía mixta Jaizkibel trató de incorporarse al desfile tradicional promovido por Alarde Fundazioa, contraria a la participación de las mujeres como soldados. La tentativa se saldó con insultos y forcejeos, por lo que la Ertzaintza optó por establecer un cordón alrededor de la compañía mixta para garantizar "la integridad física".
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco estima que esta medida "sólo condujo a excluir la participación de un grupo" y que los agentes incurrieron en "una constitucionalmente ilegítima incidencia sobre el principio de no discriminación". Considera que tenían la obligación de "arbitrar proporcionalmente entre participación igualitaria y seguridad de personas y bienes", máxime cuando Jaizkibel comunicó su intención de sumarse al Alarde con "suficiente antelación" y pidió protección. La Ertzaintza no descarta recurrir el fallo.
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