Juez desautorizado
EL CONSEJO General del Poder Judicial (CGPJ) adoptó ayer -en reunión plenaria y por unanimidad- tres resoluciones que suponen otros tantos correctivos para el juez Javier Gómez de Liaño por actuaciones en el sumario de Sogecable y un respaldo sin fisuras a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que le ha rectificado ya en tres ocasiones. El CGPJ rechaza, primero, que haya habido desconsideración hacia el juez instructor en los autos de la sala; segundo, le recuerda que tales autos deben ser cumplidos en sus exactos términos, y, tercero, decide abrir diligencias informativas urgentes para determinar si el juez violó la Constitución al tratar de incriminar a sus superiores jerárquicos por el solo hecho de contrariarle en una resolución.Liaño había criticado las resoluciones del tribunal, al que acusaba de haberle ofendido con la utilización de términos como "arbitrariedad" para calificar su actitud. El Poder Judicial recuerda al instructor que se trata de términos técnico-jurídicos, no de insultos. Concretamente, la arbitrariedad era invocada para hacer ver que con su decisión de prohibir viajar al extranjero a tres directivos de Sogecable el juez había vulnerado el principio consagrado por el artículo 9 de la Constitución, que, entre otras cosas, garantiza la prohibición de "la arbitrariedad de los poderes públicos".
Cuando el Poder Judicial -recuérdese que en pleno y por unanimidad- recuerda al juez la obligación de dar cumplimiento en sus propios términos a las resoluciones de los órganos jurisdiccionales superiores, le reprocha de hecho las constantes réplicas mediante autos que a veces han resultado contrarios al dictamen de la sala. Es el caso de la nueva declaración de secreto parcial del sumario inmediatamente después de que el tribunal se pronunciara de forma terminante en contra del secreto total o parcial.
El presidente de la sala, por su parte, había trasladado al CGPJ su preocupación por la actitud -que calificaba de "extraña"- del juez Gómez de Liaño al convocar a las partes personadas en la acusación para que evaluaran si los magistrados habían cometido algún delito o infracción al determinar el levantamiento del secreto sumarial. Las asociaciones de jueces habían expresado la misma extrañeza. El Consejo ha tomado en consideración la queja y ha decidido abrir diligencias para determinar si esa actitud del juez vulnera principios constitucionales como el de interdicción de la arbitrariedad o el respeto al sistema de recursos y doble instancia.
Así pues, el Poder Judicial no sólo rechaza la pretensión de Liaño de ser él la víctima de una injusticia, sino que inicia una investigación para esclarecer si ha conculcado el derecho a la tutela judicial de las personas imputadas por él. Así están las cosas.
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