La Comisión pública una nota sobre los cargos contra Cablevisión

La Comisión Europea hará pública hoy una nota en la que se informa que ha enviado un pliego de cargos a los socios de Cablevisión -la alianza entre Telefónica y Canal + España para el cable- por no haberle notificado formalmente la operación. El pliego fue enviado el viernes pasado a las empresas, pero no iba firmado por el comisario responsable de la Competencia, Karel Van Miert, sino por su colega de Relaciones con Europa del Este, Hans Van den Broek.El comisario de la Competencia es quien dispone de la habilitación expresa para ello. En casos de ausencia y si media acuerdo de los servicios, un comisario puede firmar en lugar de otro, en virtud de la colegialidad. Pero Van Miert estuvo trabajando el viernes en su despacho y su portavoz aseguró que el comisario se proponía estudiar el asunto durante el fin de semana, porque es la primera vez que se aplica el reglamento de concentraciones por ausencia de notificación y "la posición debe ser jurídicamente inatacable".
Más allá de estas contradicciones, el pliego será hoy públicamente explicado en Bruselas. Su tesis, según fuentes cercanas a Van Miert, es que Telefónica y Canal + debían haber notificado la concentración a Bruselas, porque "estima que el volumen de negocios de Canal + Francia debe ser añadido al de Canal + España, determinándose así la dimensión comunitaria de la operación, puesto que de esta manera Canal + España realiza menos de dos tercios de su volumen de negocios en España". Por eso considera que es una concentración de ámbito comunitario, insta a las empresas a notificarla y recuerda que podría llegar a imponer sanciones si no se hace. Esta eventualidad llegaría al final del procedimiento, y requeriría la aprobación de la Comisión en su conjunto. También opina que "el Estado español no era competente para autorizar la operación" y se reserva "la posibilidad de incoar un procedimiento de infracción" contra él
Telefónica y Canal +, por el contrario, aseguran haber "respetado el procedimiento establecido por la legislación" y "cumplido escrupulosamente en todo momento sus obligaciones jurídicas ante las autoridades españolas y comunitarias". Ambas compañías aseguran que se está "ante una discusión competencial entre la Comisión Europea y un Estado miembro" que en su caso debe resolver el Tribunal de Luxemburgo.
La cifra de negocios de Canal + Francia, sostienen, no puede sumarse a la de Canal + España porque no ostenta en ésta la mitad del capital (sólo el 25%); no tiene más de la mitad de votos; no puede designar más de la mitad de los consejeros; y no tiene el derecho de gestión de la compañía española (encomendado a PRISA). Son esas cuatro las condiciones que según el reglamento deberían cumplirse para poder sumar ambas facturaciones, lo que reduciría el umbral de negocio conjunto en España de las empresas concentradas a menos de dos tercios y le otorgarla dimensión comunitaria.
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