El Constitucional no ampara a 'Diario 16' por publicar en 1985 rumores vejatorios
El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de amparo presentado por el periodista Juan Emilio Ballesteros Macías contra la condena a un mes de arresto y 30.000 pesetas de multa por publicar en Diario 16, en 1985, informaciones denigradoras para un letrado asesinado. El alto tribunal asegura que el condenado no empleó la diligencia debida para "comprobar la veracidad de sus asertos", sino que redujo lo publicado a "un conjunto de rumores e insinuaciones vejatorias que no merecen protección constitucional".
La sentencia recoge, entre otras expresiones publicadas: "Ha tenido que ser asesinado por alguna venganza o vieja reclamación por olvidadas deudas" o "se cree que el delincuente y el abogado tenían pendientes asuntos poco claros".
La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Eugenio Díaz Eimil, estima que la información rectamente obtenida y razonablemente contrastada es digna de protección", aunque no sea exacta, pero no el relato de una vida deshonrosa e inmoral, sustentado en indeterminadas fuentes policiales, anónimas o genéricas, o referencias como "según algunos", carentes de relevancia.
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