Los conyuges morosos
LA CREACIÓN de un fondo especial del Estado para el pago de medidas provisionales y pensiones alimenticias para las partes más débiles económicamente en las separaciones conyugales y los divorcios, no sería necesaria si las medidas coercitivas que la ley tiene a su disposición fueran aplicadas con la misma fuerza que para otros casos. No es así. Las medidas provisionales -que son definitivas, como tantas cosas provisionales en España- tardan más tiempo en aplicarse del debido por la capacidad de resistencia, muchas veces malévola, que utiliza el perdedor, y las gestiones para el cobro se eternizan.Una de las acusaciones que se hacen contra el insólito juez de Leganés es la de que voluntariamente retrasaba dictar esas medidas, y que acumulaba en las arcas de su juzgado el dinero que entregaban los morosos matrimoniales como depósito, sin repartirlos a los derechohabientes: quizá la ley le ampara en ese caso, y si es así, la ley está mal hecha. Se dice también que hay, jueces que detestan a las mujeres, y otros, a los hombres, y otros, o los mismos, simplemente al divorcio. Pero el hecho es que hay un número elevadísimo de mujeres -que es todavía, por la organización de la sociedad, la parte mayoritaria más débil en estos casos- y de hijos que no perciben sus pensiones, aun sentenciadas. La creación por el Estado de este fondo que adelantaría las pensiones alimenticias, para luego recuperarlas de los morosos, no es más que un parche para una situación que no se sabe resolver de otra manera, y se tiene la esperanza de que, al ser el Estado el acreedor, las acciones de coacción para el recobro se vuelvan más insistentes y duras.
Será, por tanto, una disposición bienvenida cuando se aplique; sobre todo si su burocracia, el libramiento de los fondos y los trámites de entrega no terminan siendo mas largos que los que aplica el cónyuge renuente. Todo aquel que tiene que hacer cobros al Estado sabe en qué calvario puede entrar, totalmente inverso a la velocidad y la urgencia que tiene que aplicar el que ha de pagarle. Otra cuestión es la de la fijación de esas pensiones, y la revisión de las mismas. Haría falta un baremo objetivo que contemplase las situaciones respectivas, y probablemente un rápido tribunal de arbitraje que estuviese atento a todos los cambios de situación. Pero repitamos que la nueva fórmula, aun siendo una chapuza, puede resolver muchas situaciones angustiosas, sobre todo las de los hijos menores o incapaces, que con la sentencia a su favor viven una miseria injusta.
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