Los pagos a cuenta del impuesto de sociedades subirán un 5% y variarán su calendario de ingreso en 1990
El borrador del decreto de prórroga de los presupuestos para 1990 incluye una subida de los pagos a cuenta en el impuesto sobre sociedades. El próximo año, las empresas tendrán que abonar a cuenta el 60%, de la liquidación de este tributo en tres plazos. En los primeros veinte días de los meses de abril, octubre y diciembre, las empresas tendrán que ingresar en Hacienda el 20%, del último ejercicio cerrado. Si ese último ejercicio tuviera una duración inferior a un año, se tomará también en cuenta la parte proporcional de la cuota de ejercicios anteriores.
Estos tres plazos del 20% suponen una elevación del 5% en el total que las empresas deben abonar a cuenta y que ha sido este año del 55%. En mayo se produjo una elevación de estos pagos al introducir uno de 15% en julio y, otro del 10% en diciembre, al tradicional del 30% en octubre.
El cambio introducido para el próximo año, además de elevar en otro 5% el pago a cuenta, varía el calenario en el que estos ingresos deben efectuarse, y que serán los meses de abril, octubre y diciembre.
Otra de las modificaciones que introduce el borrador de prórroga es la introducción de una deducción especial para las empresas en el impuesto sobre sociedades cuando contraten a trabajadores minusválidos.
La deducción será aplicable sólo cuando los contratos de estos trabajadores sean por tiempo indefinido. El cálculo de la deducción se hará en función del aumento del promedio de la plantilla que está compuesta por minusválidos.
Para evitar posibles fraudes, los aumentos anuales de la plantilla se calcularán incluyendo sólo al número total de personas contratadas durante ese año con contrato indefinido y con jornada completa. Con este mismo objetivo de evitar el fraude, el límite máximo de la deducción es la que correspondería si todo el incremento de la plantilla se hubiera efectuado contratando a tipo de trabajadores.
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