Un consejo de guerra
LA NOTICIA tiene un agrio sabor arcaico: una mujer ha ingresado en prisión para cumplir la sentencia que le ha impuesto un consejo de guerra por haber pasado una dosis de heroína a su novio, arrestado en un cuartel de Cartagena (Ver EL PAÍS del pasado 12 de marzo). Los recursos jurídicos ya han sido agotados. Todo está, sin duda, dentro de las leyes vigentes, y todo resulta mal. Está mal que un civil sea condenado por un tribunal militar, mal que sea una mujer -con todos los respetos a la igualdad de sexos-, mal que pueda considerarse como tráfico de drogas esta acción. Y mal incluso, aun dentro del derecho y del vocabulario habitual, la misma figura de consejo de guerra aplicado en tiempo de paz y a un delito que nada tiene que ver con la guerra. Las reformas que se están introduciendo en la justicia militar para evitar estas dificiles situaciones no son, a lo que se ve, suficientes. O no entran en el cálculo de los togados para considerar unos hechos cometidos hace casi cuatro años.
El comentario de la defensora -"ya no queda más que llorar"- después de que el Consejo Supremo de Justicia Militar rechazase sucesivamente el recurso de casación, la solicitud de prisión condicional y el indulto, indica suficientemente lo inexorable de la situación. El paso de la joven por la cárcel de Orense -la única delicadeza de la situación, enviarla a cumplir su condena a la ciudad donde habitan sus padres- no será de un año, seis meses y un día como dicta la sentencia, por las habituales reducciones de pena, pero puede ser lo suficiente para marcar una vida.
Se sabe cómo son las cárceles, cómo están funcionando y qué ley impera dentro, y ésa es otra aguda cuestión de nuestra sociedad, inclinada teóricamente a ideas de redención o de rehabilitación, pero prácticamente incapaz de llevar esa ideología a los centros de reclusión. Se sabe de sobra cómo la estancia en una prisión puede deformar física y moralmente a una mujer joven y cuáles pueden ser sus consecuencias y las dificultades que va a tener después para conseguir su reinserción social.
La dureza de la sentencia hace pensar una vez más en la dificultad de que personas educadas y abocadas a un sentido jerárquico, militarista y disciplinario de la vida puedan juzgar a personas de una sociedad civil, que tiene otra manera de considerar las cosas y han elegido otra libertad para encauzarse. Es lógico y hasta exigible, que en los cuarteles se persiga y se evite el consumo de drogas; una forma razonable de hacerlo es erradicar de su seno a quienes están contaminados o puedan contaminar a los demás con la misma declaración de inútil para el servicio que se aplica a otras enfermedades. Es necesario que las autoridades públicas, civiles y militares, distingan las diferencias objetivas existentes entre fumarse un porro y colgarse en la heroína.Y es dificilmente asumible que una novia que pasa un talego al novio pueda ser considerada -sin retorcer el sentido común de las cosas- como una traficante.
El fondo nos lleva a otra cuestión: la de las formas de represión del tráfico de drogas, que se tienden a conducir por la vía fácil y menos comprometida de perseguir a las víctimas y de dejar prácticamente intactos a los grandes culpables. Todas estas cosas son bastante obvias. Se saben y están inscritas en la conciencia contemporánea, sobre todo en la de quienes tratan de profundizar un poco más sobre los males de esta sociedad y no se limitan al aspecto externo de la ley y el orden. Administrar justicia no significa simplemente aplicar las leyes, sino interpretarlas en el contexto social y humano en que se mueven.


























































