Se aprueba el régimen preautonómico de Asturias y Murcia
Las dos únicas provincias que hasta el momento habían solicitado un régimen de preautonomía individualizada, Asturias y Murcia, vieron ayer reconocidos sus respectivos regímenes preautonómicos por sendos reales decretos-ley aprobados por el Consejo de Ministros. Dada la excepcionalidad de estos dos casos -preautonomías de base uniprovincial-, los decretos regulan especialmente las relaciones entre los consejos regionales y las respectivas diputaciones, con la idea de que, en la autonomía, se refundan dichos organismos, según la referencia oficial del Consejo.A propuesta del ministro del Interior, se aprobó también un decreto por el que se disuelven los somatenes armados. En el plazo de un mes a partir de la entrada en vigor del decreto, los miembros de los somatenes harán entrega a las respectivas dependencias de la Guardia Civil de las armas largas y municiones de que hubiesen sido proveídos o estén en su poder, así como de las insignias, distintivos y documentos de identidad que como somatenistas ostenten. Podrán permanecer en posesión de armas cortas si antes del primero de enero de 1979 legalizan o convalidan las correspondientes licencias.
El ministro del Interior, Rodolfo Martín Villa, que, una vez finalizado el Consejo, se trasladó a Barcelona para entrevistarse con el gobernador civil de aquella provincia, señaló a su llegada que la ley de Policía, cuyo texto ha sido ya aprobado por el Congreso de los Diputados, planteaba la derogación del decreto de formación del somatén. Sin embargo, la decisión de disolver los somatenes no ha sido bien contemplada por el presidente de la Generalidad, Josep Tarradellas, que pretendía proponer al ministro su mantenimiento, al menos en Cataluña.
Autonomía para tres puertos
El Consejo de Ministros aprobó también los estatutos de autonomía de los puertos de Bilbao, Barcelona y Valencia. Dichos puertos gozarán de una personalidad jurídica independiente de la del Estado y tendrán consideración de entidades públicas sujetas en su actividad al Derecho privado.
Los puertos de Bilbao, Barcelona y Valencia reunían, a juicio del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, las condiciones necesarias para que pudiera otorgárseles el estatuto: rendimiento razonable de sus inversiones y previsiones de tráfico anual de mercancías (excluyendo combustibles) que exceda los cuatro millones de toneladas al año.
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