La RENFE y la ley
Leo, una vez más, con estupor la triste noticia del accidente ferroviario en la línea. Madrid-Badajoz (cerca de Getafe), muy relacionado, al parecer, con la muerte de un niño de nueve años en el mismo lugar. Lejos de mi intención justificar semejante hecho, producto sin duda -si se confirmase la explicación- de actitudes medievales pretendidamente justicieras o en argot técnico, de composición. Pero sí quiero recordar a quienes interese que desde los primeros tiempos del ferrocarril (concretamente, desde la ley de Policía Ferroviaria de 1855) se encuentra en vigor la obligación para las empresas ferroviarias de proceder al cerramiento de las vías, tal vez con el fin de evitarlos daños irreparables que podría causar una actividad tan sumamente. peligrosa como el ferrocarril a su paso por zonas habitadas. La ley de Policía Ferroviaria de 1877 ratificó dicha obligación, sin que hasta hoy, salvo casos muy aislados, las empresas ferroviarias procedieran a su cuniplimiento. Parece ser que RENFE continúa con esa actitud, sin que los numerosos accidentes ocasionados le hagan mella. Ciertamente, la inversión financiera para llevar a ca bo el cerramiento seria cuantiosa. Pero conste que para las autopistas se ha adoptado él sistema.
Zaragoza
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